TESTAMENTO

Cómo hacer un testamento en Uruguay

Cómo hacer un testamento en Uruguay: tipos abierto y cerrado, qué podés y qué no podés disponer por la legítima, rol del escribano, costos y cómo revocarlo.

Actualizada el 18 de julio de 2026 · por Eduardo Airaudo

Para qué sirve un testamento

El testamento es el documento por el que decidís, en vida, qué pasa con tus bienes después de tu muerte. En Uruguay no tenés libertad total: la ley reserva una porción llamada legítima para ciertos herederos forzosos, que son los hijos y demás descendientes y, a falta de estos, los ascendientes. Además, el cónyuge sobreviviente tiene un derecho propio y distinto de la legítima, la porción conyugal. Sobre esas partes no podés disponer libremente. Pero sí podés decidir sobre la porción disponible, ordenar cómo repartir para evitar conflictos entre herederos, dejar un legado a alguien puntual, reconocer hijos, designar quién administre, o favorecer a uno de tus herederos dejándole, además de su legítima, esa porción de libre disposición. Un buen testamento no evita la sucesión, pero la ordena y reduce peleas.

Tipos: abierto y cerrado

El testamento solemne más común es el abierto, otorgado ante escribano: expresás tu voluntad, el escribano la redacta en escritura pública y queda registrada. Su contenido no es secreto para el escribano, y ese registro da mucha seguridad de que aparecerá cuando se necesite. El testamento cerrado es aquel cuyo contenido va dentro de un sobre que se entrega ante escribano sin que se conozca lo escrito adentro; sirve cuando querés máxima confidencialidad, pero es menos habitual y tiene más formalidades. Para la mayoría de las personas, el testamento abierto ante escribano es la opción práctica: claro, registrado y difícil de impugnar por vicios de forma.

Qué podés y qué no podés disponer

Este es el punto que más sorprende. Si tenés hijos, la mayor parte de tu patrimonio ya está reservada como legítima para ellos y no podés dársela a un tercero ni excluirlos por capricho. Cuanto más hijos, mayor es la porción reservada y menor la porción disponible. Solo sobre esa porción disponible tenés libertad plena: podés dejarla a quien quieras, incluso a alguien ajeno a la familia. Y podés usar esa porción para favorecer a uno de tus herederos forzosos por encima de los demás, dejándosela además de su legítima, dentro de lo que la ley permite. Desheredar a un heredero forzoso solo procede por causas graves y taxativas previstas en la ley, no por voluntad.

Rol del escribano y costos

El escribano es clave: asesora sobre qué es legalmente posible, redacta el testamento con la forma correcta y lo hace registrar, de modo que se encuentre cuando fallezcas. Esto evita que el documento sea nulo por errores de forma, algo bastante común en testamentos caseros. El costo es un honorario notarial que depende de la complejidad y del estudio; suele ser una suma acotada comparada con lo que cuesta después una sucesión conflictiva. No existe un arancel único obligatorio, así que conviene pedir presupuesto. Frente al riesgo de una disputa familiar larga y cara, hacer un testamento bien hecho suele ser una inversión razonable.

Cuándo conviene y cómo se modifica o revoca

Conviene testar sobre todo si tenés familia ensamblada, hijos de distintas parejas, un bien que querés que quede a alguien puntual, un socio, una pareja no casada, o simplemente si querés evitar que tus herederos peleen. El testamento es esencialmente revocable: podés cambiarlo o dejarlo sin efecto cuando quieras mientras estés con capacidad. Normalmente un testamento posterior revoca al anterior en lo que sea incompatible, y también podés revocarlo expresamente ante escribano. Por eso conviene revisarlo tras cambios importantes de vida: casamiento, divorcio, nacimiento de hijos, compra o venta de bienes grandes. Un testamento viejo que no refleja tu situación actual puede generar más problemas que soluciones.

Esto es información general

Las reglas sobre legítima, mejora del heredero, porción conyugal y desheredación tienen matices que dependen de tu situación familiar y patrimonial concreta. Esta guía es información general y no reemplaza el asesoramiento de un profesional. Para hacer un testamento válido y que realmente logre lo que querés, consultá con un escribano, que además lo registrará. Si tu caso involucra empresas, bienes en el exterior o conflictos familiares previsibles, sumá también la mirada de un abogado.

Paso a paso

  1. Ordenar tu patrimonio y tu voluntad.Listá tus bienes y pensá qué querés que pase con cada uno y con quién, teniendo presente que la legítima de tus herederos forzosos no es de libre disposición.
  2. Consultar a un escribano.El escribano te dice qué es legalmente posible en tu caso y qué parte podés disponer libremente.
  3. Otorgar el testamento.Se redacta y firma el testamento (habitualmente abierto, ante escribano) con las formalidades legales.
  4. Registro y guarda.El escribano hace registrar el testamento para que aparezca cuando se necesite y quede resguardado.
  5. Revisar tras cambios de vida.Actualizá o revocá el testamento si te casás, te divorciás, nacen hijos o cambia tu patrimonio de forma importante.

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