Formalizar tu emprendimiento

¿Qué tipo de empresa me conviene abrir en Uruguay?

Monotributo, unipersonal, Literal E, SAS, SRL. La diferencia no es de estilo: cambia cuánto pagás, si respondés con tu casa, y si podés volver atrás. Toda cifra de esta página lleva la norma que la respalda, y donde la ley no cierra, lo decimos en vez de inventar.

Contanos tu caso

No es un score ni un ranking de opinión: primero aplicamos las compuertas legales (un régimen para el que no calificás no es “peor”, es ilegal) y recién después comparamos el costo entre los que te quedan.

1 · ¿Cuánto pensás facturar por año?
$

$ 50.000 por mes, facturando parejo.

2 · ¿Qué vendés?

“Servicios personales” es trabajo tuyo fuera de la relación de dependencia: desarrollo, diseño, consultoría, un oficio, una profesión. Es la respuesta que más cambia el resultado: el monotributo los excluye por ley.

3 · ¿Quiénes te compran?

El monotributo exige vender exclusivamente a consumidores finales. Una clientela mixta no cumple esa exclusividad, aunque la mayoría de tus ventas sean a consumidores.

4 · ¿Cuántos son?
5 · ¿Empleados?
6 · ¿Necesitás proteger tu patrimonio personal?

El veredicto

El régimen más barato de los que legalmente podés usar y cuyo costo podemos calcular entero.

Monotributo

Responsabilidad ilimitada

Un pago único que sustituye impuestos y aportes. Solo unipersonales y sociedades de hecho que venden a consumidor final.

Aportes BPS
$ 4.761
por mes
Impuestos
En el pago único
por mes
Contador
No lo precisás
por este régimen
Total mensual
$ 4.761
$ 57.132 al año
Abrirla cuesta $ 270 de trámite estatal.
  • El pago único sustituye IVA, IRAE y los aportes por tu propia actividad.
  • Tu jubilación se construye sobre un ficto de $9.240 al mes, no sobre lo que realmente ganás.
  • Estás en la gradualidad de la Ley 19.942 (25% el primer año, 50% el segundo).

Por qué descartamos las otras

Esta es la parte auditable de la página, y por eso no la escondemos detrás de un botón. Cada exclusión lleva la norma que la impone, con el link a la norma.

Unipersonal — Literal E

Elegible
$ 9.167 / mes

Podés usarlo, pero te sale $ 4.406 más por mes que la recomendación.

Unipersonal — IRAE

Elegible
$ 14.333 / mes

Podés usarlo, pero te sale $ 9.572 más por mes que la recomendación.

SAS

Elegible
$ 16.004 / mes

Podés usarlo, pero te sale $ 11.243 más por mes que la recomendación.

Monotributo Social MIDES

No podés usarlo
  • Requiere calificación previa de MIDES: el hogar debe estar bajo la línea de pobreza o en situación de vulnerabilidad. La calificación es previa y está exclusivamente a cargo del MIDES.Ley 18.874 art. 2

Servicios personales — IRPF Cat. II

No podés usarlo

Sociedad de hecho

No podés usarlo
  • Requiere dos o más personas operando juntas: habrá sociedad cuando 2 o más personas se obliguen a realizar aportes.Ley 16.060 art. 1

SRL

No podés usarlo
  • La SRL exige un mínimo de 2 socios. Si vas solo, la figura equivalente es la SAS, que sí puede constituirse por una sola persona física.Ley 16.060 art. 1

SA

No podés usarlo
  • La SA exige un mínimo de 2 socios. Si vas solo, la figura equivalente es la SAS, que sí puede constituirse por una sola persona física.Ley 16.060 art. 1

Los nueve regímenes, uno al lado del otro

La columna “costo mensual” se recalcula con los datos que cargaste arriba.

RégimenTope de ingresosCosto mensual (tu caso)Responsabilidad¿Monotributo?¿Literal E?DividendosCosto de apertura
Monotributo Social MIDES$ 1.175.537No podés usarlo
ilimitada
Es el régimen (variante MIDES)No — son regímenes excluyentesSin costo
Monotributo$ 1.175.537$ 4.761 / mes
ilimitada
Es el régimenNo — son regímenes excluyentes$ 270
Unipersonal — Literal E$ 1.959.229$ 9.167 / mes
ilimitada
NoEs el régimen$ 270
Servicios personales — IRPF Cat. IISin tope propio, pero sobre 4.000.000 UI de rentas del ejercicio el IRAE es PRECEPTIVO desde el primer mes del ejercicio siguiente (Dto. 150/007 art. 7): este régimen se terminaNo podés usarlo
ilimitada
No — Ley 18.083 art. 72 lit. CZona gris (Consulta DGI 4761)$ 270
Unipersonal — IRAESin tope$ 14.333 / mes
ilimitada
NoNo — al optar por IRAE quedás fuera$ 270
Sociedad de hechoSin tope propio; sobre 4.000.000 UI (ingresos del ejercicio anterior) la contabilidad suficiente es preceptiva y el IRAE pasa a ser realNo podés usarlo
ilimitada
Sí — hasta 2 socios (3 si son familiares)Sin costo (se configura sola)
SRLSin tope propio; sobre 4.000.000 UI (ingresos del ejercicio anterior) la contabilidad suficiente es preceptiva y el IRAE pasa a ser realNo podés usarlo
limitada
No — Ley 18.083 art. 70 es taxativo0% de IRPF bajo 4.000.000 UI → 25% total; por encima, 30,25%$ 540 + escribano y publicaciones (a cotización)
SASSin tope propio; sobre 4.000.000 UI (ingresos del ejercicio anterior) la contabilidad suficiente es preceptiva y el IRAE pasa a ser real$ 16.004 / mes
limitada
No — Ley 18.083 art. 70 es taxativo0% de IRPF bajo 4.000.000 UI → 25% total; por encima, 30,25%$ 2.530 (sin escribano, 100% digital)
SASin topeNo podés usarlo
limitada
No — Ley 18.083 art. 70 es taxativoNo hallamos la exclusión en norma vigente → ver "Lo que no podemos afirmar"7% siempre → 30,25% total$ 55.732 de ICOSA + escribano y publicaciones (a cotización)

Dos cosas que casi ninguna guía dice bien

Si leíste otras páginas sobre esto, es muy probable que te hayan dado mal estos dos números.

Hallazgo 1

Tu SAS o SRL chica no paga 30,25%. Paga 25%.

Todas las guías repiten “IRAE 25% + 7% de IRPF sobre dividendos = 30,25%”. Es falso para la enorme mayoría de las SAS y SRL uruguayas: por debajo de 4.000.000 UI de ingresos (≈ $ 25.694.800 al año), los dividendos que retirás están EXENTOS de IRPF.

SAS / SRL bajo el tope25%
SAS / SRL sobre el tope30,25%
SA — siempre, sin importar el tamaño30,25%

Base: Título 7 art. 38 lit. C, reglamentado por el Dto. 148/007, que exonera las utilidades “distribuidas por las sociedades personales cuyos ingresos no hayan superado en el ejercicio que dé origen a la distribución el límite establecido para liquidar preceptivamente el IRAE en el régimen de contabilidad suficiente” — y ese límite (art. 20-TER del mismo decreto) es justamente 4.000.000 UI de ingresos del ejercicio anterior, a valores de cierre. Aplica a la SAS porque la Ley 19.820 art. 42 la asimila a las sociedades personales a todos los efectos tributarios, incluida la distribución de utilidades — y DGI lo confirmó en la Consulta 6306.

Hallazgo 2

El director de una SA que no cobra no aporta nada. El administrador de una SAS nunca se exonera.

Es el trade-off que nadie cuenta, y es exactamente al revés de lo que uno esperaría de la figura “moderna”:

  • Director de SA no remunerado: aporta cero (Ley 16.713 art. 171 lit. A). A cambio, no tiene FONASA.
  • Administrador de SAS:$ 10.504 por mes aunque no cobre sueldo ni facture un peso, y no puede declararse sin actividad — “en ningún caso regirá la exoneración del art. 171”. A cambio, sí obtiene FONASA.
  • El mero accionista de una SAS, que no administra ni representa, no aporta a BPS: el art. 172 no alcanza a las sociedades por acciones.

Base: Ley 16.713 art. 171 lit. A — exentos los Directores “que no perciben remuneración de clase alguna, debiéndose probar dicho extremo, mediante certificado notarial o contable” (o sea: la exoneración existe, pero hay que probarla) — y Ley 19.820 art. 43, que manda al administrador de la SAS al art. 172 de la Ley 16.713 y le cierra esa puerta: “en ningún caso regirá la exoneración del artículo 171”.

Ficha de cada régimen

Qué es, con qué respondés, y de dónde salió cada cosa.

Monotributo Social MIDES

Resp. ilimitada

Para emprendimientos de hogares en situación de vulnerabilidad. Requiere calificación previa de MIDES.

Cerrojo de salida — 3 años

Si superás el tope quedás fuera; podés volver al ejercicio siguiente con el aval de MIDES.

Ley 18.874 art. 4
Fuentes

Monotributo

Resp. ilimitada

Un pago único que sustituye impuestos y aportes. Solo unipersonales y sociedades de hecho que venden a consumidor final.

Cerrojo de salida — 3 años

Si incumplís cualquier condición salís de pleno derecho e inmediato, y no podés volver hasta que termine el tercer año civil posterior. Aplica incluso si te vas voluntariamente.

Decreto 199/007 arts. 13 y 14
Fuentes

Unipersonal — Literal E

Resp. ilimitada

Pequeña empresa: exonerada de IRAE, paga IVA mínimo. Con e-factura, el IVA mínimo pasa a ser el menor entre la cuota y el 3,3% de lo facturado.

Cerrojo de salida — 3 años

Si superás el tope liquidás IRAE desde el excedente, en ese mismo ejercicio, y quedás obligado a liquidar IRAE por un mínimo de 3 ejercicios.

Título 4 art. 66 lit. E
Fuentes

Servicios personales — IRPF Cat. II

Resp. ilimitada

El camino del profesional independiente: IRPF progresivo con mínimo no imponible, 30% de gastos fictos, e IVA con exportación a tasa 0%.

Fuentes

Unipersonal — IRAE

Resp. ilimitada

Cuando superás el tope de Literal E: IRAE al 25% (ficto o real) más IVA en régimen general.

Fuentes

Sociedad de hecho

Resp. ilimitada

Se configura sola cuando dos personas operan juntas sin formalizar. Responsabilidad solidaria e ilimitada, y cualquier socio puede disolverla.

Fuentes

SRL

Resp. limitada

Responsabilidad limitada, mínimo 2 socios. Ceder cuotas exige unanimidad si son 5 socios o menos, más escribano y publicación.

Fuentes

SAS

Resp. limitada

Responsabilidad limitada con un solo socio, sin capital mínimo, sin escribano y 100% online. Pero el administrador paga BPS aunque no facture.

Fuentes

SA

Resp. limitada

Cara y lenta: escritura pública, control de la AIN, y ICOSA para siempre. Hoy rara vez conviene a una empresa chica.

Fuentes

IRPF Categoría II — la escala 2026

El camino sólido del freelance profesional. Es progresiva, y arranca con un mínimo no imponible de $ 48.048 al mes: por eso al principio suele ganarle al IRAE.

Renta computable mensualTasa
Hasta $ 48.0480%
$ 48.048 a $ 68.64010%
$ 68.640 a $ 102.96015%
$ 102.960 a $ 205.92024%
$ 205.920 a $ 343.20025%
$ 343.200 a $ 514.80027%
$ 514.800 a $ 789.36031%
Más de $ 789.36036%

Se deduce un ficto de gastos del 30% (no gastos reales). · BPS — escalas IRPF 2026-07-13

IRAE ficto — no es un 12% plano

El Dto. 150/007 art. 64 fija una escala por tramos de facturación anual en UI, y es marginal: cada tramo se aplica solo a la parte de la facturación que cae dentro de él (“a las ventas… comprendidas en cada tramo, se aplicará el porcentaje correspondiente a dicho tramo”). Sobre esa renta ficta se paga el 25%.

Tramo de facturación anualRenta fictaIRAE efectivo
Hasta UI 1.000.00012%3%
UI 1.000.000 a UI 2.000.00014%3,5%
UI 2.000.000 a UI 3.000.00048%12%
Más de UI 3.000.00060%15%

Sociedad de hecho: no hace falta que la quieras crear

Se configura por los hechos. Dos personas que empiezan a operar juntas ya son una (Ley 16.060 art. 36), y se prueba por cualquier medio (art. 41). No hay que firmar nada.

  • Responsabilidad solidaria e ilimitada, sin beneficio de excusión (art. 39): un acreedor puede ir por el 100% de la deuda contra el socio que tenga bienes, directamente, sin pasar antes por la sociedad, y sin importar el porcentaje que hayan pactado.
  • Los pactos internos no son oponibles a terceros (art. 37).
  • Art. 43: cualquier socio puede exigir la disolución con solo notificar a los demás. Tu socio puede volar la empresa un martes cualquiera.
  • Regularizarla después no limpia la responsabilidad anterior (art. 42).

Es barata solo hasta el día que algo sale mal. Si van a tomar deuda, contratar gente o firmar contratos con penalidades, la SAS cuesta $ 2.530 y separa los patrimonios.

Trámites: qué es obligatorio y qué no

Sin empleados, la lista es mucho más corta de lo que te van a decir.

Organismo¿Obligatorio?¿Cuándo?
DGI (RUT) + BPS
SIEMPRE
Al iniciar actividad. Es un solo trámite: formulario 0351 conjunto.
Aportes BPS del titular
SIEMPRE
Todos los meses. Tener cero empleados NO exime al dueño de aportar por sí mismo.
MTSS (planilla de trabajo)
Condicional
Solo con 1 o más dependientes. Hoy se genera de los datos de BPS: no es un trámite aparte.
BSE (seguro de accidentes)
Condicional
Solo con 1 o más dependientes.
Intendencia (habilitación)
Condicional
Solo si tenés local comercial o industrial.
Bomberos
Condicional
Construcciones no destinadas a vivienda.
Bromatología / RUNAEV
Condicional
Rubro alimentos (4 UR por local).
Carné de salud
Condicional
Para quien trabaja. Es gratis en tu prestador y vale 2 años.

Las tres cosas que los blogs uruguayos dicen mal

“El BSE es obligatorio siempre.”

Falso sin empleados. La Ley 16.074 obliga al patrono, definido como quien "utilice el trabajo de otra" (art. 3), y la sanción del art. 56 castiga a quien no aseguró "a su personal". Sin personal dependiente no hay obligación — el BSE vende un seguro voluntario justamente para eso. (Novedad 2025: la Ley 20.396 art. 17 sí cubre a los autónomos de plataformas digitales, con la plataforma como patrono.)

“Hay que presentar la planilla de trabajo del MTSS.”

Falso sin empleados. El Decreto 278/017 —que derogó el 108/007, el que muchos blogs siguen citando— ata la obligación al empleador "que tenga personal dependiente". Y hoy la planilla es un reporte que se genera de los datos de BPS, no un trámite aparte.

“Abrí tu unipersonal con "Empresa en el Día".”

No aplica. "Empresa en el Día" es para constituir personas jurídicas (SRL, SA). Una unipersonal se abre con el formulario 0351 conjunto de DGI y BPS, online, y no necesita nada de eso.

Apoyos que existen de verdad

Con la fecha real de cierre. No publicamos ninguna tasa de BROU para empresas: BROU no las publica, y cualquier cifra que circule es inventada.

ProgramaQué daEstado
ANDE Semilla 2026Hasta $1.000.000 no reembolsable (hasta $400.000 sin rendición). Exige facturación ≤ $2.000.000 en 6 meses.
Abierta — cierra 06/10/2026
Validación de Ideas (VIN) 2026Hasta $200.000 no reembolsable, 90% adelantado.
Abierta — cierra 21/07/2026
ANII — Emprendimientos InnovadoresHasta el 80% del proyecto, tope $3.000.000. Exige facturación ≤ $2.400.000.
Ventanilla permanente
SiGa (garantía)Cubre hasta el 70% del crédito. Se pide EN EL BANCO, no en SiGa.
Permanente
INEFOP — Capacitación EstándarSubsidio del 85% (micro), 75% (pequeña) o 60% (mediana) — la grilla vigente tiene cinco tramos: 85/75/60/40/50. Requiere Certificado PYME.
Permanente
Certificado PYME (DINAPYME)Gratis. Destraba INEFOP, Prodiseño y PIADE.
Permanente
Compras públicas MiPymeMargen de preferencia del 8-16% y reserva del 10% del llamado.
Permanente

Lo que no podemos afirmar

Es la sección más valiosa de esta página, y la que ninguna content farm escribe. Acá termina lo que se puede verificar contra una fuente primaria. Lo que sigue no lo sabemos — y por eso no lo inventamos.

¿Puede un freelance de servicios puros estar en Literal E?

No lo sabemos. La norma excluye las rentas NO empresariales, y los servicios personales puros son renta de trabajo; la Consulta DGI 4761 apunta en contra. En la práctica se hace masivamente. Por eso lo marcamos "zona gris" y nunca te lo recomendamos, por más barato que salga: el camino sólido y verificado es IRPF Cat. II + IVA en régimen general. Consultá un contador.

¿Un profesional con Caja (CJPPU) que factura por una unipersonal aporta a BPS, a la Caja, o a las dos?

Es la incógnita más cara de la página, y no la podemos cerrar. La unipersonal no es una persona jurídica distinta de vos, así que seguís facturando "en nombre propio" — el supuesto del art. 43 de la Ley 17.738. Pero el mismo artículo dice que eso rige "sin perjuicio de las afiliaciones a otros institutos de seguridad social que pudieran corresponder", sin decir cuándo corresponden. Ninguna norma resuelve el choque y la CJPPU no publica su escala. Por eso, si marcás esa casilla, NO te damos un total en NINGÚN régimen: un número inventado en cualquiera de las dos direcciones sería peor que no darte ninguno.

¿Qué títulos ampara exactamente la Caja de Profesionales?

El listado no está en la ley. La Ley 17.738 art. 42 remite a las profesiones del régimen anterior (Ley 12.997, de pago en IMPO) más las que incorpore el Directorio de la Caja, y la Ley 20.410 (2025) no las enumera. No existe una lista oficial en bps.gub.uy, dgi.gub.uy, gub.uy ni impo.com.uy. Sí podemos afirmar que el desarrollador de software SIN un título amparado aporta a BPS: BPS define "no profesional" por la actividad, "tengan o no título universitario".

¿La SA está excluida del Literal E?

Muchos estudios lo afirman. No encontramos esa exclusión en norma vigente: las exclusiones del Literal E son cuatro y ninguna es por forma jurídica, y DGI describe el régimen como aplicable a "pequeños contribuyentes de cualquier forma jurídica". Es bastante académico —la SA paga ICOSA igual— pero no vamos a repetir una afirmación que no pudimos verificar.

¿Sigue existiendo "Empresa en el Día"?

No lo afirmamos ni en un sentido ni en el otro. Las páginas de catálogo están despublicadas (HTTP 403) y la aplicación sigue viva, sin ningún anuncio oficial de discontinuación.

¿Cuánto sale un escribano llave en mano, o una "SA ya hecha"?

Nadie publica precio. Los honorarios de escribano, el precio de una sociedad anónima ya constituida, las tasas de BROU a empresas y el costo de la segunda publicación en un diario privado son todos a cotización. No inventamos ninguno, y por eso el "costo de apertura" de la SRL y la SA que ves arriba es solo la parte estatal.

¿Cuánto aporta de jubilatorio un servicios-personales que esté en Literal E?

BPS deja esa celda literalmente vacía en la Categoría 1.ª de su tabla de aportación gradual. Podríamos calcularla, pero no la publica y no la inventamos. Por eso presentamos el camino IRPF Cat. II sin gradualidad, que es lo verificado: el descuento de los primeros 3 años (Ley 19.889) es un beneficio del Literal E y del monotributo, y cesa al entrar al régimen general de IVA.

¿Y el FONASA del socio de una sociedad de hecho?

La tabla de BPS para esta figura publica un único importe por socio, SIN columna de FONASA: lo que mostramos es jubilatorio + FRL. No sabemos si el socio puede optar por la cobertura ni cuánto le costaría, así que avisamos que, si le corresponde, el aporte real es MAYOR que el que ves.

¿El IRAE y el IRPF que muestran son exactos?

No: son un TECHO, a propósito. Al IRAE ficto no le descontamos los sueldos de dueños o socios que el art. 64 admite restar, porque no te preguntamos si te pagás sueldo. Al IRPF no le restamos el crédito por deducciones (aportes, hijos a cargo), que se descuenta a una tasa del 14% o del 8%. En los dos casos, lo que realmente pagarías es MENOS que lo que mostramos — nunca más. Preferimos errar para el lado que no te deja mal parado.

El tope de 4.000.000 UI, ¿se mide sobre lo que facturás este año o el anterior?

Sobre el ejercicio ANTERIOR. La contabilidad suficiente se vuelve preceptiva "cuando los ingresos del ejercicio anterior superen" el tope, así que el régimen de este año depende de lo que facturaste el pasado. El formulario solo conoce tu facturación estimada de hoy, no la del año que cerró: cerca del tope, tomá el resultado como una señal para confirmar tu situación real con un contador, no como un veredicto.

¿Cuántos administradores puede tener una SAS?

No hay máximo legal. La Ley 19.820 art. 30 pone la representación "a cargo de una o más personas", sin techo, y el estatuto lo define. Por defecto asumimos 1 (el residual del art. 29), pero cada administrador con actividad aporta a BPS: si vas a nombrar varios, decínoslo en los ajustes finos, porque cambia el costo.

¿Hay condiciones del monotributo que el recomendador no chequea?

Sí, tres, porque no te las preguntamos y no inventamos una compuerta sin el dato: no verificamos si tenés más de un puesto o local a la vez (Ley 18.083 art. 71 lit. B), ni si tenés otra actividad con aporte patronal (art. 71 lit. C), ni —en el monotributo social— si tu giro es servicio doméstico o construcción, que están excluidos (Decreto 220/012 art. 2). Si alguno es tu caso, el monotributo puede no corresponderte aunque el recomendador no lo marque: confirmalo con BPS o un contador.

Preguntas frecuentes

Fuentes primarias

38 fuentes, todas oficiales (BPS, DGI, IMPO, gub.uy). Ninguna cifra legal de esta página —topes, aportes, tasas— se publica sin una de ellas; los montos de los apoyos llevan su propia fecha de verificación contra la web de cada organismo. Última verificación: 2026-07-13.

  • BPS — BPC 2026 · BFC 2026 · verificado 2026-07-13
  • BPS — Tope monotributo unipersonal (UI) · Tope monotributo unipersonal 2026 · Tope monotributo sociedad de hecho 2026 · Tope de activos del monotributo 2026 · verificado 2026-07-13
  • BPS — Monotributo pleno, sin FONASA · Monotributo pleno, con FONASA, con hijos · Monotributo pleno, con FONASA, con cónyuge e hijos · Monotributo, jubilatorio + FRL por socio · BPS — Monotributo · verificado 2026-07-13
  • BPS — Monotributo pleno, con FONASA, sin cónyuge ni hijos · Monotributo pleno, con FONASA, con cónyuge · verificado 2026-07-13
  • BPS — Monotributo año 1 (25%), sin FONASA · Monotributo año 1 (25%), con FONASA, con hijos · Monotributo año 1 (25%), con FONASA, con cónyuge e hijos · Monotributo año 2 (50%), sin FONASA · Monotributo año 2 (50%), con FONASA, con hijos · Monotributo año 2 (50%), con FONASA, con cónyuge e hijos · Monotributo sociedad de hecho, año 1 (25%): jubilatorio + FRL por socio · Monotributo sociedad de hecho, año 2 (50%): jubilatorio + FRL por socio · verificado 2026-07-13
  • BPS — Monotributo año 1 (25%), con FONASA, sin cónyuge ni hijos · Monotributo año 1 (25%), con FONASA, con cónyuge · Monotributo año 2 (50%), con FONASA, sin cónyuge ni hijos · Monotributo año 2 (50%), con FONASA, con cónyuge · verificado 2026-07-13
  • BPS — Monotributo social año 1 (25%), sin FONASA · Monotributo social año 2 (50%), sin FONASA · Monotributo social año 3 (75%), sin FONASA · BPS — Monotributo social · verificado 2026-07-13
  • BPS — BPS titular unipersonal (11 BFC, FONASA, soltero) · BPS titular unipersonal, con hijos · BPS titular unipersonal, con cónyuge · BPS titular unipersonal, con cónyuge e hijos · BPS titular que ya aporta FONASA por un empleo · BPS socio de SRL con actividad (15 BFC, sin FONASA) · BPS socio de sociedad de hecho sin dependientes (11 BFC, sin FONASA) · BPS administrador de SAS (15 BFC, FONASA obligatorio) · BPS administrador de SAS, con hijos · BPS administrador de SAS, con cónyuge · BPS administrador de SAS, con cónyuge e hijos · Jubilatorio + FRL de servicios personales (11 BFC, columna SS 9/SS 99) · BPS — Industria y Comercio (aporte por socio) · verificado 2026-07-13
  • BPS — BPS titular unipersonal, año 1 (Ley 19.889) · BPS titular unipersonal, año 1, con hijos · BPS titular unipersonal, año 1, con cónyuge · BPS titular unipersonal, año 1, con cónyuge e hijos · BPS titular unipersonal, año 2 · BPS titular unipersonal, año 2, con hijos · BPS titular unipersonal, año 2, con cónyuge · BPS titular unipersonal, año 2, con cónyuge e hijos · BPS titular unipersonal, año 3 · BPS titular unipersonal, año 3, con hijos · BPS titular unipersonal, año 3, con cónyuge · BPS titular unipersonal, año 3, con cónyuge e hijos · BPS titular con FONASA por un empleo, año 1 (Ley 19.889) · BPS titular con FONASA por un empleo, año 2 · BPS titular con FONASA por un empleo, año 3 · verificado 2026-07-13
  • BPS — Ficto de gastos deducible (IRPF Cat. II) · Mínimo no imponible mensual (7 BPC) · Escala del IRPF Cat. II 2026 · BPS — Escalas de IRPF 2026 · verificado 2026-07-13
  • BPS — Base de FONASA = facturado sin IVA × 70% (IRPF) · verificado 2026-07-13
  • BPS — Tasa FONASA personal, sin cónyuge ni hijos (base > 2,5 BPC) · Tasa FONASA personal, con hijos · Tasa FONASA personal, con cónyuge · Tasa FONASA personal, con cónyuge e hijos · verificado 2026-07-13
  • BPS — Aporte mínimo mensual al FONASA, actividad exclusiva (75% del CPE, Decreto 25/026) · Facturación mínima anual (30 BPC) para conservar la cobertura FONASA · verificado 2026-07-13
  • BPS — BFC del ficto jubilatorio del monotributo (a diferencia de las 11 BFC de la unipersonal) · verificado 2026-07-13
  • DGI — Unidad Indexada (13/07/2026) · UI al 01/01/2026 (fija los topes 2026) · verificado 2026-07-13
  • DGI — Tope Literal E (UI) · Tope Literal E 2026 · DGI — Tope de ingresos, pequeñas empresas · verificado 2026-07-13
  • DGI — Cuota de IVA mínimo 2026 · IVA mínimo año 1 (25%) · IVA mínimo año 2 (50%) · verificado 2026-07-13
  • DGI — Tope: 3,3% de los ingresos del mes con e-factura · DGI — Beneficios de e-factura (3,3%) · verificado 2026-07-13
  • DGI — ICOSA a la constitución (solo SA) · ICOSA anual (solo SA) · DGI — ICOSA 2026 · verificado 2026-07-13
  • gub.uy — Trámites — Timbre profesional (unipersonal) · Timbres SRL (sin publicaciones ni escribano) · verificado 2026-07-13
  • gub.uy — Trámites — Costo estatal SAS digital (DGR + DGI + BPS) · Trámite SAS digital · verificado 2026-07-13
  • IMPO — normativa — Tope por encima del cual la contabilidad suficiente es preceptiva y el IRAE ficto deja de estar disponible (UI, ingresos del ejercicio anterior) · verificado 2026-07-13
  • IMPO — normativa — Rentas anuales por servicios personales por encima de las cuales el IRAE es preceptivo desde el primer mes del ejercicio siguiente (UI, rentas del ejercicio, cotización de cierre) · verificado 2026-07-13
  • IMPO — normativa — Superficie máxima del local (monotributo) · verificado 2026-07-13
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