RECLAMOS

¿A quién le reclamo?

Defensa del Consumidor no es competente para todo. Si tu problema es con la luz, el agua, el celular, un banco o el trabajo, hay un organismo específico — y presentarlo en el lugar equivocado no te redirige: te hace perder meses.

Antes que nada

Casi todos los organismos exigen que primero reclames a la empresa y que tengas cómo probarlo. Pedí SIEMPRE el número de reclamo y guardá la constancia: sin eso, varios ni siquiera te dan trámite. Recién después, y cumplido el plazo de espera de cada uno, se escala.

El organismo que te corresponde

Defensa del Consumidor es el default. Los servicios regulados tienen el suyo.

Defensa del Consumidor

Área de Defensa del Consumidor — Ministerio de Economía y Finanzas
  • Compras de productos, en local o por internet.
  • Servicios contratados a empresas privadas en general.
  • Publicidad engañosa y cláusulas abusivas.
  • Garantías, cambios y devoluciones.
Confirmá el plazo en su canal
Ir al trámite

URSEA

Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua
  • Energía eléctrica: UTE, incluida la facturación.
  • Agua y saneamiento: OSE.
  • Combustibles líquidos.
Esperá 15 días hábiles
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URSEC

Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
  • Telefonía fija y móvil: Antel, Movistar, Claro.
  • Internet y datos.
  • Servicios postales.
Confirmá el plazo en su canal
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BCU

Banco Central del Uruguay — Superintendencia de Servicios Financieros
  • Bancos, financieras y administradoras de crédito.
  • Aseguradoras.
  • Cualquier institución supervisada por el BCU.
Esperá 15 días corridos
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MTSS

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  • Sueldo impago, categoría o laudo mal aplicado.
  • Despido y liquidación.
  • Condiciones de trabajo.
Confirmá el plazo en su canal
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Los plazos no son el mismo

Es el detalle que hace perder la instancia: uno cuenta días hábiles y el otro días corridos.

OrganismoEspera tras reclamar a la empresa
Defensa del ConsumidorConfirmalo en su canal oficial
URSEA15 días hábiles
URSECConfirmalo en su canal oficial
BCU15 días corridos
MTSSConfirmalo en su canal oficial

Lo que el Banco Central no puede hacer

Vale la pena saberlo antes de poner la expectativa ahí. El BCU lo dice expresamente.

  • Ordenar que te devuelvan un consumo desconocido de tarjeta de crédito o débito, ni un retiro de cajero.
  • Ordenar que te corrijan la Central de Riesgos, salvo error documentado de la institución.
  • Fijar daños y perjuicios.
  • Resolver un conflicto contractual entre partes.

Todo eso es competencia exclusiva de los órganos jurisdiccionales, es decir, de la Justicia. Que el BCU no pueda ordenarlo no significa que no tengas derecho: significa que la vía es otra.

Preguntas frecuentes

El detalle de cada caso

Fuentes

Competencias y plazos contrastados el 10 de agosto de 2026 con cada organismo. Es información de referencia: lo que resuelve cada oficina es lo que vale.