Impuesto de Primaria en Uruguay: quién lo paga y cuánto es
Es un impuesto anual sobre los inmuebles urbanos, suburbanos y rurales, lo cobra la DGI en 3 cuotas y lo paga quien tiene el derecho sobre el padrón, no quien vive adentro. En el ejercicio 2026 queda exonerado el padrón cuyo valor imponible sea menor a $ 282.612.
Primaria no es un tributo domiciliario como UTE o OSE, que se pagan por lo que consumís. El contribuyente es el propietario, el poseedor, el promitente comprador o el usufructuario del padrón. Si alquilás y el contrato pretende trasladártelo, es una cláusula para discutir antes de firmar: mirá qué revisar en el contrato.
Quiénes son contribuyentes
El Texto Ordenado de la DGI, Título 13, artículo 2, nombra cuatro figuras. Con que se dé una alcanza:
- Los propietarios de los inmuebles.
- Los poseedores.
- Los promitentes compradores, con o sin promesa inscripta.
- Los usufructuarios.
Si comprás, pasás a ser contribuyente el año civil siguiente al de la compra: quien escritura en febrero empieza a pagar el 1.º de enero del año que viene. Y en el otro sentido, no se puede escriturar una transmisión sin acreditar que el padrón está al día o exonerado.
Cuánto es: la escala publicada
La base de cálculo es el valor imponible que fija la Dirección Nacional de Catastro, no lo que vale la casa en el mercado ni lo que pagaste por ella. Lo tenés en la cédula catastral y arriba a la derecha de la propia factura del impuesto, con ese nombre.
| Valor imponible | Alícuota |
|---|---|
| $ 271.091 a $ 474.406 | 0,15 % |
| $ 474.407 a $ 2.033.154 | 0,20 % |
| $ 2.033.155 a $ 4.744.017 | 0,25 % |
| $ 4.744.018 en adelante | 0,30 % |
Decreto 140/025, artículo 4, a valores del 1.º de enero de 2025. Son las mismas cuatro alícuotas que el Texto Ordenado, Título 13, artículo 4, expresa en «por mil» (1,5 · 2 · 2,5 · 3) sobre valores de 1991; el decreto anual es el que las reexpresa en pesos de hoy.
Una escala 2026. La DGI ya publicó el monto exonerado del ejercicio nuevo, pero el decreto que reajusta los tramos sigue siendo el del ejercicio 2025. Multiplicar los tramos por lo mismo que subió el exonerado daría una tabla verosímil y sería un número nuestro, no de la DGI.
Una calculadora del importe. El decreto da la alícuota de cada tramo pero no dice si se aplica sobre el valor entero o por escalones, y las dos lecturas dan cifras distintas para el mismo padrón. El importe lo liquida la DGI: consultalo por padrón en su servicio en línea.
El piso, ejercicio por ejercicio
La pregunta que llega cuando la factura aparece sin haber comprado nada: el monto exonerado sube todos los años, pero el valor imponible del padrón también, y en algunos barrios más rápido. Un padrón puede cruzar el piso sin que su dueño haya hecho nada.
| Ejercicio | Exonerado por debajo de |
|---|---|
| 2026 | $ 282.612 |
| 2025 | $ 271.091 |
| 2024 | $ 257.396 |
| 2023 | $ 247.783 |
| 2022 | $ 225.360 |
| 2021 | $ 209.813 |
| 2020 | $ 190.878 |
| 2019 | $ 177.099 |
| 2018 | $ 163.587 |
| 2017 | $ 154.692 |
| 2016 | $ 142.050 |
| 2015 | $ 130.155 |
Serie publicada por la DGI. Entre 2015 y 2026 el piso pasó de $ 130.155 a $ 282.612.
Quiénes están exonerados
Además del piso por valor, el artículo 5 del Título 13 exonera por la condición del padrón o de su dueño:
- a) Inmuebles de gobiernos extranjeros destinados a sedes de delegaciones diplomáticas, organismos internacionales o consulares.
- b) Propiedades del Estado y de los Gobiernos Departamentales.
- c) Propiedades de las entidades comprendidas en el artículo 1.º del Título 3 del Texto Ordenado y en el Decreto-Ley 15.181.
- d) Las cooperativas de vivienda.
- e) Inmuebles dados en comodato al Estado, a los Gobiernos Departamentales y a las personas jurídicas de los artículos 5.º y 69 de la Constitución.
- f) Padrones rurales explotados por su propietario cuando en conjunto no superan las 300 hectáreas índice CONEAT 100. Se pide con declaración jurada ante la DGI.
- g) Todos los inmuebles de MEVIR – Dr. Alberto Gallinal Heber.
La del literal f es la única que no se aplica sola: hay que presentar una declaración jurada ante la DGI dentro del plazo del ejercicio. Si todos los padrones ya están por debajo del monto exonerado, la propia DGI aclara que no corresponde presentarla.
Cómo y dónde se paga
Son 3 cuotas al año. La DGI expone la factura en su web durante los 20 días previos a cada vencimiento.
- Redes de cobranza: Abitab, Redpagos y El Correo Uruguayo.
- Pagos en línea desde el sitio de la DGI.
- Débito automático en tarjetas (Oca, Visa, Cabal, Créditos Directos, Club del Este).
- Débito automático en bancos (BBVA, Santander, Itaú, Scotiabank, HSBC).
Si sos propietario y alquilás, el impuesto es un gasto deducible al liquidar el IRPF por el arrendamiento, junto con la Contribución Inmobiliaria y la comisión de la administradora: la cuenta está en impuestos sobre inversiones y rentas. Y si la deuda ya viene de años, mirá cómo prescriben las deudas con el Estado.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién paga el Impuesto de Primaria?
- El Texto Ordenado de la DGI, Título 13, artículo 2, nombra cuatro figuras: los propietarios del inmueble, los poseedores, los promitentes compradores —con o sin promesa inscripta— y los usufructuarios. No es un impuesto del que vive en la casa: es del que tiene el derecho sobre el padrón.
- Alquilo. ¿Me lo pueden cobrar a mí?
- El contribuyente es el propietario, no el inquilino: Primaria no es un tributo domiciliario como UTE u OSE, que se pagan por lo que consumís. Si el contrato pretende trasladártelo, es una cláusula para discutir antes de firmar. Del otro lado, para el propietario el impuesto es un gasto deducible al liquidar el IRPF por el alquiler.
- Compré una casa este año. ¿Desde cuándo lo pago?
- Desde el año civil siguiente al de la adquisición, según la propia DGI: quien compra en febrero de un año pasa a ser contribuyente el 1.º de enero del siguiente. Además, no se puede escriturar una transmisión sin acreditar que el impuesto está pago o que el padrón está exonerado.
- ¿Cuál es el valor a partir del cual se paga?
- En el ejercicio 2026 quedan exonerados los padrones urbanos y rurales cuyo valor imponible de la cédula catastral sea inferior a $ 282.612. En 2025 el piso era $ 271.091 y en 2015 era $ 130.155. El valor que manda es el que fija la Dirección Nacional de Catastro, y figura como «VALOR IMPONIBLE» arriba a la derecha de la factura del impuesto.
- ¿Cuánto se paga?
- El último decreto publicado, el 140/025, fija cuatro alícuotas sobre el valor imponible, a valores del 1.º de enero de 2025: 0,15 % entre $ 271.091 y $ 474.406, 0,20 % entre $ 474.407 y $ 2.033.154, 0,25 % entre $ 2.033.155 y $ 4.744.017 y 0,30 % de $ 4.744.018 en adelante. El importe exacto lo liquida la DGI y se consulta por padrón en su servicio en línea.
- ¿En cuántas cuotas se paga y dónde?
- En tres cuotas al año. Se paga en cualquier local de Abitab, Redpagos o El Correo Uruguayo, por pagos en línea del sitio de la DGI, o por débito automático con tarjeta (Oca, Visa, Cabal, Créditos Directos, Club del Este) o con banco (BBVA, Santander, Itaú, Scotiabank, HSBC). La DGI expone la factura en su web durante los 20 días previos a cada vencimiento.
- Tengo un campo chico. ¿Estoy exonerado?
- El artículo 5, literal f, exonera al productor rural que explota padrones que en conjunto no superan las 300 hectáreas índice CONEAT 100. No se aplica sola: hay que presentar una declaración jurada ante la DGI dentro del plazo del ejercicio. Si todos los padrones ya están por debajo del monto exonerado, la DGI aclara que no corresponde presentarla.
- ¿A dónde va lo que se recauda?
- El artículo 11 del Título 13 lo destina al Inciso 25 «Administración Nacional de Educación Pública», unidad ejecutora 002 «Consejo de Educación Inicial y Primaria»: construcción y reparación de escuelas, equipamiento, material educativo y alimentación escolar.
Fuentes
Todo lo de arriba sale de estas páginas, contrastadas el 9 de setiembre de 2026. Ninguna cifra de esta página es una estimación propia.
- Texto Ordenado DGI 2023, Título 13 — Impuesto de Enseñanza Primaria
- Decreto 140/025, de 2 de julio de 2025 — monto exonerado y escala
- DGI — Monto base exonerado de Impuesto de Enseñanza Primaria, por ejercicio
- DGI — Qué es el impuesto de primaria y quiénes deben pagar
- DGI — Cuál es la base de cálculo del Impuesto de Enseñanza Primaria
- DGI — Cómo pago el impuesto
- DGI — Consulte su deuda de Impuesto de Primaria
- DGI — Exoneración del Impuesto de Primaria para pequeños productores rurales