Definición
Es uno de los cambios menos conocidos de la reforma de rentas del exterior: para activos que coticen en bolsas de reconocido prestigio y que hayas adquirido antes del 31 de diciembre de 2025, el costo fiscal a efectos del IRPF pasa a ser su cotización a esa fecha (Título 7, art. 32 + Decreto 95/026 art. 18), no lo que pagaste originalmente. En la práctica, toda la apreciación que ganó ese activo antes de 2026 no paga impuesto: solo se grava la diferencia entre lo que cotizaba al 31/12/2025 y el precio al que lo vendas. Si el cálculo así da una pérdida, esa pérdida no se puede compensar con otras rentas. La condición —bolsas de reconocido prestigio, comprado antes del 31/12/2025— no es opcional: sin ella no corresponde el step-up.