CUD

Certificado Único Departamental (CUD): quién lo necesita

El CUD lo presentan quienes tributan IRAE o IMEBA al vender o hipotecar; el particular declara no ser contribuyente. Costo, vigencia y cómo se pide.

Actualizada el 13 de setiembre de 2026 · por Eduardo Airaudo

Qué es el CUD y qué deudas certifica

El Certificado Único Departamental nació con el artículo 487 de la Ley 17.930, de 2005: lo expide "la Intendencia correspondiente a solicitud del interesado" y acredita "que no tiene deudas pendientes en el departamento". La misma ley limitó su exigencia a contribuyentes de la DGI y del BPS, y el Decreto 502/007 lo reglamentó: tiene vigencia anual, se pide en cada departamento donde el contribuyente tenga bienes y certifica que no debe contribución inmobiliaria, impuesto a la concentración de inmuebles rurales ni patente de rodados, con sus sanciones, o que tiene un convenio vigente por esas deudas. Fijate lo que no está en esa lista: el Impuesto de Primaria, las facturas de OSE y UTE y los gastos comunes no forman parte del CUD, así que tener el certificado no quiere decir que el inmueble no deba nada. Es una constancia sobre la persona y sus tributos departamentales, que se declara para todos sus bienes del departamento, no un informe completo de un padrón.

¿Lo necesito para vender mi casa?

Si sos un particular que no tributa IRAE ni IMEBA, casi seguro que no. El artículo 2 del Decreto 502/007 hace exigible el certificado a los sujetos pasivos del IRAE, del IMEBA y del impuesto a la concentración de inmuebles rurales, y el artículo 3 agrega que no corresponde controlarlo "en todos los casos en que se efectúe la declaración de no ser contribuyente". La ficha de la Intendencia de Montevideo, actualizada en febrero de 2026, lo traduce así: el CUD pueden solicitarlo los contribuyentes de IRAE o IMEBA que además sean sujetos pasivos de contribución inmobiliaria o patente, y quedan exceptuadas las personas que declaren no ser contribuyentes de esos impuestos. En la práctica, cuando vendés tu casa como persona física, declarás que no sos contribuyente y no hay CUD que tramitar. Eso no significa que nadie mire las deudas: la misma ficha aclara que el control del CUD es sin perjuicio de la obligación legal del escribano de controlar el pago de la contribución inmobiliaria. Ojo en Canelones: su ficha, de mayo de 2026, suma a quienes tributan IRPF por trabajo independiente, aunque el texto vigente del decreto no los nombra; si es tu caso, preguntá en la intendencia antes de firmar.

En qué operaciones te lo van a pedir

Si sos contribuyente, el CUD aparece en más lugares de los que uno imagina. El Decreto 502/007 obliga a controlarlo a las instituciones financieras cuando otorgan o renuevan préstamos de más de 20.000 unidades indexadas, y a escribanos y registros públicos en compraventas, permutas, donaciones, daciones en pago, aportes a sociedades, fideicomisos, hipotecas y promesas de inmuebles, y en las operaciones equivalentes sobre vehículos, prendas incluidas. También tiene excepciones que conviene conocer: no se exige para bienes del BHU o de la ANV, en las ejecuciones forzadas judiciales o extrajudiciales, en las adquisiciones por sucesión o prescripción, en las compraventas que cumplen una promesa inscripta con la ocupación ya entregada, en las hipotecas que se firman en el mismo acto de la compra ni en los autos cero kilómetro. Si tu operación cae en una de esas, el escribano no debería pedírtelo, y si lo hace, preguntale bajo qué supuesto.

Cuánto cuesta y cuánto dura, según la intendencia

Cada intendencia fija su tasa, y no todas la publican. En Montevideo, según la ficha actualizada el 26 de febrero de 2026, el CUD cuesta 0,10 unidades reajustables y la declaración jurada lleva un timbre profesional de 270 pesos; el certificado dura un año desde que se expide y la constancia negativa de expedición, seis meses. Llega por correo unas 24 horas hábiles después de pagar en línea, o 72 horas hábiles si pagaste en Abitab o Redpagos, y si necesitás el original en papel tenés 60 días para retirarlo. En Canelones, la ficha actualizada el 21 de mayo de 2026 marca una unidad reajustable más el timbre profesional. En Maldonado, la ficha del portal nacional de trámites menciona una tasa de servicio y el timbre, sin publicar el monto. Como la unidad reajustable se actualiza todos los meses, el valor en pesos cambia: fijate el vigente el día que pagues.

IntendenciaCosto publicadoVigenciaCómo se pide
Montevideo (ficha del 26/02/2026)0,10 UR más timbre profesional de $270Un año; la constancia negativa, seis mesesEn línea con usuario gub.uy o presencial con agenda
Canelones (ficha del 21/05/2026)1 UR más timbre profesionalAnual, según el Decreto 502/007En línea, con envío por correo, o en la Oficina Central y los municipios
Maldonado (ficha del 21/01/2026)Tasa de servicio más timbre profesional, sin monto publicadoAnual, según el Decreto 502/007En línea o en la Dirección de Tributos

¿Lo puede tramitar cualquiera o hace falta un escribano?

No hace falta ningún título habilitante: lo pide el propio contribuyente. En Montevideo se hace en línea con usuario gub.uy o cédula electrónica, cargando los datos y los padrones, o en forma presencial con agenda previa, con hasta tres solicitudes por reserva. Una persona física presenta el formulario de declaración jurada, paga la tasa y el timbre y, si va en persona, lleva fotocopia de la cédula; si en la declaración incluye vehículos, adjunta el certificado del seguro obligatorio de cada uno. Donde sí entra un escribano es en las empresas: una persona jurídica tiene que presentar un certificado notarial que acredite su constitución, vigencia y representación, y un apoderado necesita un poder con firmas certificadas, con documentación de no más de 90 días. La declaración jurada tiene que incluir todos los inmuebles y vehículos, propios y gananciales, de los que el declarante sea sujeto pasivo en el departamento, y la Intendencia advierte que una falsedad se denuncia penalmente.

Si no sos contribuyente: cómo mirar las deudas igual

Que no te pidan el CUD no te exime de saber qué debe el inmueble, sobre todo si sos el que compra. En Montevideo, la consulta web de deudas de la Intendencia no tiene costo, se hace con usuario ID Uruguay y muestra, entre otros conceptos, la contribución inmobiliaria urbana y suburbana, la tasa general municipal, los tributos domiciliarios y la tarifa de saneamiento; te pide los datos del titular y el número de cuenta corriente del inmueble. La página no la presenta como un certificado, así que tomala como información: para la escritura, el escribano hace sus propios controles. Si comprás, pedile al vendedor que te muestre esa consulta antes de firmar la promesa, y averiguá por separado lo que el CUD nunca cubre, como los gastos comunes del edificio y el Impuesto de Primaria.

Paso a paso

  1. Confirmá si te corresponde. Si no tributás IRAE ni IMEBA, lo que va es la declaración de no ser contribuyente; si tributás, seguí con el trámite.
  2. Juntá los padrones. Anotá todos los inmuebles y vehículos del departamento de los que sos sujeto pasivo: la declaración jurada tiene que incluirlos a todos.
  3. Iniciá el trámite. En Montevideo, en línea con usuario gub.uy o cédula electrónica, o presencial con agenda; en otros departamentos, en la intendencia donde estén los bienes.
  4. Pagá la tasa y el timbre. Llegan por correo con la confirmación del trámite y se pagan en línea o en Abitab y Redpagos.
  5. Recibí el certificado. En Montevideo llega por correo unas 24 horas hábiles después del pago en línea, o 72 si pagaste en redes de cobranza, y dura un año.

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