AUMENTO

Cómo pedir un aumento de sueldo en Uruguay

Confirmá tu laudo y los ajustes del Consejo de Salarios, retroactivos incluidos. Después, cuándo pedir más, con qué argumentos y por qué no hay un porcentaje correcto.

Updated September 13, 2026 · by Eduardo Airaudo

Antes de pedir: ¿ya te pagan lo que te corresponde?

Muchas consultas sobre aumentos esconden otra pregunta: si el sueldo actual está bien. En Uruguay hay un piso que no se negocia con tu jefe, se consulta. El artículo 5 de la Ley 10.449 les da a los Consejos de Salarios el cometido de "fijar el monto mínimo de los salarios por categoría laboral" y de actualizar las remuneraciones del sector privado, y sus decisiones rigen una vez registradas y publicadas por el Poder Ejecutivo. Ese mínimo depende del grupo de actividad de la empresa, del subgrupo y de tu categoría, no de lo que aceptaste al firmar. Si cobrás por debajo del laudo de tu categoría, lo que corresponde no es pedir un aumento sino reclamar la diferencia. Para confirmarlo, el Ministerio de Trabajo tiene un servicio de consulta gratuito que responde por web sobre los acuerdos de cada sector, incluidos los aumentos y sus fechas de vigencia. En nuestra página sobre cuánto te tienen que pagar está el método para encontrar tu grupo y tu categoría.

El aumento que llega sin pedirlo: la ronda 2025-2027

Además del mínimo, los Consejos de Salarios fijan cuánto sube tu sueldo y cuándo. Para la ronda que empezó en 2025, el Poder Ejecutivo presentó el 3 de julio de 2025 sus lineamientos: convenios a dos años, "aumentos salariales nominales semestrales, correctivos anuales" y tres franjas de salario con ajustes diferenciados, en 185 mesas que alcanzan a unos 745.000 trabajadores privados. Son lineamientos, no el acuerdo de tu sector: cada grupo firma el suyo. Para ver cómo queda escrito sirve un acta real, la del Grupo 10 (comercio en general), subgrupo 20 (barracas de cooperativas de cereales), firmada el 19 de noviembre de 2025. Rige del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2027, con ajustes el 1 de julio y el 1 de enero, y el porcentaje depende del nivel, medido sobre el sueldo nominal al 30 de junio de 2025 para 44 horas semanales: hasta $ 35.704 es el Nivel I, de $ 35.705 a $ 151.459 el Nivel II y desde $ 151.460 el Nivel III. La tabla muestra sus cuatro ajustes, antes de los correctivos que prevé el acta. Tu grupo tiene los suyos, pero se leen igual.

Ajuste (acta del Grupo 10, subgrupo 20)Nivel INivel IINivel III
1 de julio de 20253,07 %2,27 %1,37 %
1 de enero de 20263,36 %3,07 %2,67 %
1 de julio de 20262,57 %1,67 %1,47 %
1 de enero de 20273,26 %2,97 %2,47 %

Lo que casi nadie mira: tu franja decide tu porcentaje

En esta ronda el porcentaje no es igual para todos, y eso cambia la estrategia. En el acta del ejemplo, el ajuste de julio de 2025 fue de 3,07 % para el Nivel I y de 1,37 % para el Nivel III, aplicado sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2025 y para "todo el personal dependiente de las categorías laudadas", no sólo para quien cobra el mínimo. Traducido: en ese grupo, si ganás bien por encima del laudo, el ajuste automático te toca igual, pero es el más chico de la tabla, y cuanto más arriba estás, más de tu sueldo real depende de lo que negocies vos. Para quien está en la franja baja pasa lo contrario: el convenio ya le da el ajuste más alto, y lo que más plata le puede mover no es negociar sino verificar que esté bien categorizado. Antes de pedir, entonces, ubicá tu nivel en el acta de tu propio grupo, fijate cómo escribe a quién alcanza el ajuste y hacé la cuenta de cuánto te va a subir el sueldo sin hacer nada.

Si tu Consejo de Salarios firmó tarde: el retroactivo

El acta del ejemplo se firmó en noviembre, pero su primer aumento rige desde el 1 de julio de 2025. Esa distancia tiene nombre. El BPS la llama retroactividades por laudo, las que surgen de los acuerdos de los Consejos de Salarios. La empresa declara esas diferencias de meses anteriores al BPS con rectificativas de las nóminas ya presentadas, y los aportes del retroactivo vencen junto con las obligaciones del mes en que se publica el acta. Por eso, cuando tu grupo todavía no firmó, el aumento no se pierde por esperar: se paga hacia atrás desde la fecha de vigencia que fije el acuerdo. Lo que sí conviene hacer es anotar, mes a mes, cuánto cobraste mientras tanto, para poder controlar que el retroactivo sea el correcto cuando llegue. Y si el acuerdo ya se publicó y la diferencia no aparece en tu recibo, eso tampoco se pide como favor: es plata que te deben.

Si hacés tareas de otra categoría, eso no se pide: se reclama

Es la situación de quien entró para un puesto y terminó cubriendo también las tareas de otros. El mínimo se fija por categoría laboral, y si las tareas que hacés corresponden a una categoría con un mínimo más alto, la conversación no es de aumento sino de categoría, y conviene llevarla así: con la descripción de tu puesto en una mano y la de la categoría superior en la otra. Por encima del laudo, el sueldo se pacta entre vos y la empresa. Lo que la ley sí prohíbe es que una diferencia de sueldo responda a una discriminación: la Ley 16.045 prohíbe la discriminación por sexo en el trabajo e incluye expresamente el "criterio de remuneración". Con la categoría verificada en la consulta gratuita del Ministerio de Trabajo, la charla con tu jefe cambia de tono: dejás de pedir un favor y pasás a señalar un error, que además tiene fecha de inicio. Si el error se confirma, lo que corresponde es corregir la categoría, no negociar un monto.

Por encima del laudo: cuándo pedir

Acá no hay un plazo legal que esperar ni uno que te habilite: es una negociación, y el momento lo elegís vos. Los mejores momentos tienen algo en común, una razón nueva que la empresa pueda reconocer. Sirven el cierre de un período de evaluación, si la empresa lo tiene; el momento en que te sumaron tareas o responsabilidades que no estaban en tu puesto; un resultado medible que puedas atribuirte; o una oferta concreta de otro lado. Hay dos momentos que conviene evitar: la semana de un problema grave de la empresa y el día en que estás enojado. Ojo con un consejo que se repite mucho, el de esperar a cumplir el año: no tiene respaldo legal, pero sí una lógica práctica, porque en los primeros meses la empresa todavía está invirtiendo en enseñarte. Si llevás poco tiempo, lo razonable suele ser acordar desde ya una fecha de revisión y llegar a esa fecha con pruebas de lo que hiciste.

Con qué argumentos, y por qué no existe un porcentaje correcto

La pregunta de cuál es el porcentaje correcto para pedir no tiene respuesta, y conviene desconfiar de quien te dé uno. Los únicos porcentajes con respaldo oficial son los del convenio de tu grupo; todo lo que esté por encima es una negociación entre dos partes. Lo que sí funciona es llegar con una cifra concreta, no con un "quiero ganar más", y con el argumento armado sobre tres patas. Lo que hacés: la lista de tareas y responsabilidades que tenés hoy, comparada con la descripción del puesto por el que te contrataron. Lo que lograste: resultados con fecha y, si se puede, con números. Y lo que vale afuera: ofertas o entrevistas reales para puestos parecidos, no promedios sueltos de internet. Lo que no funciona como argumento son tus gastos, porque la empresa paga el puesto y no tu presupuesto. Si te dicen que no, preguntá qué tendría que pasar para que sea que sí y en qué fecha lo vuelven a mirar, y confirmalo en un correo después de la reunión.

Paso a paso

  1. Ubicá tu grupo, subgrupo y categoría. Con el método de la página sobre cuánto te tienen que pagar o con la consulta gratuita del Ministerio de Trabajo.
  2. Compará tu sueldo con el laudo vigente. Si estás por debajo, no es un aumento: es una diferencia que se reclama.
  3. Revisá los ajustes y los retroactivos. Buscá en el acta de tu grupo en qué nivel estás, qué porcentaje te toca en cada ajuste y desde qué fecha rige.
  4. Armá tu caso por escrito. Tareas actuales frente a las del puesto, resultados con fecha y referencias reales de mercado.
  5. Pedí una cifra concreta en una reunión. Elegí un momento con una razón nueva y llevá un número, no un pedido genérico.
  6. Cerrá con una fecha. Si la respuesta es no, preguntá qué haría falta y cuándo se revisa, y confirmalo por correo.

Preguntas frecuentes

Fuentes

Find the best price now

Compare the dollar rate across more than 40 exchange houses and decide with data, not hunches.

View rates