DEPÓSITO

Depósito de alquiler: monto y devolución

Depósito de alquiler en Uruguay: topes según destino, cuenta en UI, comisión del BHU y retiro con autorización o por orden judicial.

3 novembre 2026 mis à jour · par Eduardo Airaudo


Qué garantiza y de quién es el dinero

El depósito respalda posibles adeudos del alquiler. En la cuenta del BHU el dinero pertenece al depositante, que puede ser el inquilino u otra persona que aporte los fondos. El beneficiario puede ser el arrendador, administrador o propietario que figure en la cuenta. Tener el dinero a tu nombre no permite retirarlo libremente: hay condiciones para liberarlo. Esta guía explica el depósito comprendido en el Decreto-Ley 14.219 y, por separado, el trámite del BHU. El alquiler adelantado, los seguros de fianza, las garantías personales y el régimen especial de alquiler sin garantía tienen reglas diferentes.

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Cuánto pueden pedir y en qué moneda

El artículo 38 del Decreto-Ley 14.219 fija estos máximos para el depósito en garantía. El monto concreto se acuerda: cinco meses no es un mínimo obligatorio. La Ley 18.795, artículo 25, establece que estos depósitos se realizan en Unidades Indexadas y no generan intereses. También habilita a bancos y cooperativas de intermediación financiera a recibirlos; no establece exclusividad del BHU. Si tu contrato pertenece a un régimen especial, verificá su encuadre antes de aplicar esta regla.

DestinoMáximo del depósito
ViviendaCinco meses de alquiler
Otros destinosDiez meses de alquiler

Qué cobra el BHU y qué documentación pide

Según la documentación del BHU consultada el 3/11/2026, la comisión de constitución es del 5% sobre los montos depositados, no gravada por IVA. Ese costo es distinto del dinero que queda como garantía. La cuenta no tiene mantenimiento administrativo y permite acordar hasta diez cuotas con el arrendador. Para la apertura pide identificación vigente y constancias de domicilio e ingresos; las especificaciones detallan alternativas según quién intervenga. Consultá los requisitos antes de iniciar la solicitud. Al retirar puede haber cargos por el medio de pago: el BHU publica 10 UI para transferencias y 100 UI para letras de cambio.

Cómo retirar cuando hay acuerdo

Para retirar total o parcialmente en el BHU, el depositante necesita autorización expresa del beneficiario. Coordiná la cita y el formulario FO.AHR.39 de autorización de retiro, y llevá documento vigente. Si algún firmante no concurre, el formulario requiere certificación notarial de su firma; poderes y fallecimientos tienen requisitos propios. El final del contrato no libera automáticamente la cuenta. Revisá también el medio de cobro y sus cargos antes de concurrir.

Qué ocurre si hay deudas o desacuerdo

El contrato del BHU prevé que, por adeudos derivados de la ocupación, se entreguen al beneficiario los fondos que el depositante autorice expresamente. Si no hay acuerdo, el retiro se tramita ante el juzgado competente y se realiza con la orden judicial correspondiente. No alcanza con que una parte decida cuánto descontar. Pedí el detalle de lo reclamado y sus comprobantes, conservá tu documentación y consultá asesoramiento para tu caso; existen supuestos especiales, como un embargo, que requieren revisar las reglas aplicables. Los Centros de Mediación del Poder Judicial ofrecen una vía gratuita y voluntaria de diálogo: no son una mediación obligatoria ni sustituyen el trámite judicial que corresponda.

Qué guardar para discutir daños o saldos

Guardá contrato, comprobantes de cada depósito, pagos y constancia de entrega de llaves. Documentá con inventario y fotos fechadas el estado al entrar y al salir. El Código Civil distingue el deterioro por tiempo y uso legítimo de los daños que correspondan al inquilino; no toda marca permite un descuento ni toda rotura queda exenta. Si el contrato no describe el estado inicial, el artículo 1827 establece una presunción de buena conservación, salvo prueba en contrario. La comparación documentada ayuda a discutir hechos concretos. Esta guía no fija un plazo universal de devolución ni resuelve la responsabilidad por un daño particular.

Step by step

  1. Identificá el depósito. Revisá quién figura como depositante y beneficiario, dónde está la cuenta y cuánto se integró.
  2. Documentá el cierre. Conservá la entrega de llaves, el inventario de salida y los comprobantes de pagos o saldos reclamados.
  3. Acordá el retiro. Si hay acuerdo, definí el importe que se liberará y coordiná con la contraparte la autorización requerida por el BHU.
  4. Consultá los requisitos. Revisá la agenda, el formulario FO.AHR.39, la identificación, las firmas y el costo del medio de retiro.
  5. Si hay desacuerdo. Pedí asesoramiento sobre el trámite judicial para la liberación de los fondos; la mediación es una opción voluntaria.