TRABAJO

Contractor en Uruguay: la cuenta contra un sueldo, y qué pasa con tu jubilación

Dos preguntas que se repiten y casi nunca se responden con números: cuánto tenés que facturar para que te convenga contra una oferta en relación de dependencia, y si vas a terminar sin jubilación. La segunda tiene una respuesta que casi todos dan al revés.

El malentendido

«Como contractor aportás sobre una ficta bajita por más que factures, así que te vas a jubilar con nada.»

No es así. El aporte jubilatorio del titular de una unipersonal se calcula sobre el MAYOR de tres importes: la categoría ficta (con un mínimo de 11 BFC sin empleados, o 15 BFC si tenés empleados), los ingresos reales percibidos, y el mayor sueldo que le pagues a un empleado. La ficta es un piso, no un techo: si facturás por encima de ella, aportás sobre lo que realmente percibís.

¿Cuánto tenés que facturar para empatar?

Un dependiente cobra trece sueldos al año contando el aguinaldo. Facturar exactamente el nominal ya te deja abajo, y eso es antes de impuestos.

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El piso de la negociación

Necesitás facturar $ 130.000,00 por mes sólo para empatar.

Con lo que pusiste facturás $ 120.000,00 más al año que el sueldo. Ese excedente es lo que tiene que cubrir todo lo de abajo.

Facturación al año (12 meses)$ 1.680.000,00
Sueldo al año (13 con aguinaldo) $ 1.560.000,00
Tu facturación, en sueldos equivalentes14

Esta cuenta pone los dos lados en la misma unidad y nada más: no estima impuestos ni aportes, que dependen del régimen que elijas. Para eso están las calculadoras del sitio.

Lo que no viene con la facturación

No es un argumento en contra —muchas veces la tarifa compensa de sobra— pero es lo que hay que sumarle al sueldo del otro lado para comparar en serio.

Aguinaldo

Un sueldo más por año, pagado en dos etapas.

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Licencia y salario vacacional

Descanso pago más una suma extra para el mejor goce de esa licencia.

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Indemnización por despido

El dependiente la tiene; el contrato de servicios se termina y no hay nada que cobrar.

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Seguro de paro

Si se te cae el cliente no hay subsidio por desempleo: no cotizaste como dependiente.

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Cobertura por accidente de trabajo

La del Banco de Seguros del Estado va con la relación de dependencia.

Aportes que hace el empleador

Como contractor, la parte patronal la ponés vos: sos las dos puntas de la misma relación.

La jubilación del contractor

El aporte jubilatorio del titular de una unipersonal se calcula sobre el MAYOR de tres importes: la categoría ficta (con un mínimo de 11 BFC sin empleados, o 15 BFC si tenés empleados), los ingresos reales percibidos, y el mayor sueldo que le pagues a un empleado. La ficta es un piso, no un techo: si facturás por encima de ella, aportás sobre lo que realmente percibís.

15 %
Aporte personal (montepío)
7.5 %
Aporte patronal — como contractor lo ponés vos
11 BFC
Piso de la ficta, sin empleados

Preguntas frecuentes

El lado tributario y las herramientas

Fuentes

Contrastado el 10 de agosto de 2026. Informativo: tu caso concreto depende del régimen y conviene verlo con un contador.