Garantía de alquiler en Uruguay: cuánto cuesta cada opción
Hay tres garantías del Estado, las privadas y un régimen para alquilar sin ninguna. Las del Estado son las únicas con precio publicado: una comisión mensual del 3 % del alquiler a cada parte. Sus topes están en unidades reajustables, así que acá van convertidos a pesos con la UR de hoy.
Calculado con el valor de la UR de hoy . La UR se actualiza todos los meses, así que estos montos se mueven con ella.
Las cinco opciones, comparadas
Un guion significa que el emisor no publica esa cifra. Las garantías privadas cotizan caso a caso y no publican precio, así que acá tampoco hay uno inventado.
| Opción | Para quién | Tope de alquiler | Comisión mensual | Depósito |
|---|---|---|---|---|
| Garantía de la Contaduría General de la Nación (CGN) Del Estado | Funcionarios públicos, empleados de empresas privadas inscriptas en el registro del SGA, jubilados y pensionistas. | — La CGN no publica un tope de alquiler en su trámite. | 3 % a cada parte | — |
| Fondo de Garantía de Alquiler (FGA) Del Estado | Quien no entra por la CGN: el certificado de garantía con respaldo del Estado que emiten la ANV, el MVOT y la CGN. | 18 UR · $ 34.934 Sube a 21 UR si se trata de una vivienda promovida. | 3 % a cada parte | 24 % de la garantía, por única vez |
| Fondo de Garantía de Alquiler para Jóvenes Del Estado | Entre 18 y 29 años, estudiando o trabajando. Es el mismo certificado del Estado con un tope más alto y la mitad del depósito. | 22,5 UR · $ 43.667 | 3 % a cada parte | 12 % de la garantía, por única vez |
| Garantía de alquiler de ANDA Privada | Socios de ANDA. Es la opción privada cuyos requisitos están publicados enteros, con la antigüedad laboral más corta de las que aparecen acá. | — ANDA no publica un tope en UR: el alquiler garantizado puede ser de hasta el 40 % del ingreso nominal. | — | — |
| Contrato sin garantía (Ley 19.889) Régimen de contrato | No es una garantía: es un régimen de contrato para alquilar sin presentar ninguna. Lo eligen las dos partes por escrito. | — | — | — |
Qué se lleva el 3 % en un mes
La comisión de la CGN se cobra a las dos partes, así que sobre el alquiler el servicio se lleva el doble del porcentaje que figura en el folleto. Sobre tres alquileres de ejemplo:
| Alquiler mensual | Paga el inquilino | Paga el propietario | Total al año |
|---|---|---|---|
| $ 20.000 | $ 600 | $ 600 | $ 14.400 |
| $ 30.000 | $ 900 | $ 900 | $ 21.600 |
| $ 45.000 | $ 1.350 | $ 1.350 | $ 32.400 |
Qué pide cada una
El régimen de la Ley 19.889 exige contrato escrito con el plazo y el precio expresos y el acuerdo por escrito de las dos partes de someterse a esa ley. A cambio, el arrendador no puede exigir más de un mes de alquiler adelantado, y es nula la cláusula que le haga renunciar al inquilino, por anticipado, a los plazos de desalojo y lanzamiento.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué es una garantía de alquiler?
- Es el respaldo que le pide el propietario al inquilino para cubrir el alquiler si deja de pagarlo. En Uruguay la puede emitir el Estado (la Contaduría General de la Nación y el Fondo de Garantía de Alquiler), una asociación o aseguradora privada, o puede no haber ninguna: la Ley 19.889 creó un régimen de contrato escrito sin garantía.
- ¿Cuánto cuesta la garantía del Estado?
- Una comisión mensual del 3 % del valor del alquiler, que paga cada parte: el inquilino y el propietario. El trámite de la CGN no tiene costo de afiliación ni cobro por la firma del contrato. El Fondo de Garantía de Alquiler pide además un depósito por única vez del 24 % del monto de la garantía, que baja al 12 % en el fondo para jóvenes.
- ¿Hasta qué alquiler me cubre la garantía del Estado?
- El Fondo de Garantía de Alquiler cubre hasta 18 UR de alquiler, o 21 UR si la vivienda es promovida; el fondo para jóvenes de 18 a 29 años llega a 22,5 UR. El trámite de la CGN no publica un tope. Como los topes se fijan en unidades reajustables, el monto en pesos cambia cada vez que se actualiza la UR.
- ¿Cuánto tengo que ganar para que me den el Fondo de Garantía de Alquiler?
- El núcleo de convivencia tiene que tener un ingreso líquido formal de entre 15 y 100 UR, con al menos 3 meses de continuidad, y ninguno de sus integrantes puede ser propietario de un inmueble en el mismo departamento donde se pide la garantía. En el fondo para jóvenes el tope de ingreso es de 100 UR y no se exige mínimo publicado.
- ¿Puedo alquilar sin garantía?
- Sí, con el régimen de la Ley 19.889: la vivienda tiene que ser casa habitación, no puede haber garantía de ninguna clase, el contrato tiene que ser escrito con el plazo y el precio expresos, y las dos partes tienen que acordar por escrito someterse a esa ley. Si falta cualquiera de esos requisitos, el alquiler se rige por el decreto ley 14.219 o el Código Civil.
- ¿Me pueden pedir varios meses por adelantado si alquilo sin garantía?
- No. En el régimen sin garantía el arrendador no puede exigir el pago adelantado de más de un mes de alquiler. Y es nula de pleno derecho la cláusula que le haga renunciar al inquilino, por anticipado, a los plazos de desalojo y lanzamiento que fija la propia ley.
- ¿Cuánto cuesta una garantía privada?
- No lo publican: las garantías privadas se cotizan caso a caso según el alquiler, el plazo y el perfil del inquilino, así que acá no vas a encontrar un precio. Lo que sí está publicado son los requisitos. En ANDA, por ejemplo, hay que ser socio, se piden 4 meses de antigüedad en la actividad privada, los pasivos no necesitan antigüedad, y el alquiler garantizado puede llegar al 40 % del ingreso nominal.
- ¿Puedo tener dos garantías del Estado a la vez?
- No. Uno de los requisitos del Fondo de Garantía de Alquiler es no ser adjudicatario de ninguna otra garantía proporcionada por el Estado ni de empresas con convenio. Para renovarla, además, hay que estar libre de deuda de alquiler y de gastos complementarios.
De dónde sale esto
Cada cifra de esta página está leída de la fuente oficial del programa. Última lectura: 22 de setiembre de 2026. Lo que el emisor no publica queda como un guion: ninguna garantía privada publica su precio y acá no hay ninguno estimado.
- Alquiler por Contaduría General de la Nación — trámite en gub.uy
- Quiénes pueden acceder a la garantía de CGN — Ministerio de Economía y Finanzas
- Fondo de Garantía de Alquiler — Agencia Nacional de Vivienda
- Fondo de Garantía de Alquiler para Jóvenes — Agencia Nacional de Vivienda
- Garantía de alquiler — Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial
- Garantía de alquiler, requisitos del inquilino — ANDA
- Ley N.º 19.889, artículo 421 — régimen de arrendamiento sin garantía (IMPO)
- Ley N.º 19.889, artículo 422 — plazo, precio y ajuste del contrato sin garantía (IMPO)
- Ley N.º 19.889, artículo 428 — nulidad de la renuncia a los plazos de desalojo (IMPO)