¿Cómo me desvinculo de una AFAP?
La respuesta corta es que depende de qué querés deshacer, porque son dos trámites distintos y casi todo el mundo los mezcla. Acá están las condiciones exactas, los pasos y el plazo de 90 días que hace que mucha gente pierda la instancia sin enterarse.
Revocar la opción del artículo 8 NO es desafiliarse de la AFAP. Revocar cambia cómo se reparten tus aportes entre el BPS y la AFAP; desafiliarse es otro trámite, con otras condiciones. Casi todo el que dice «me quiero ir de la AFAP» está preguntando por lo primero.
Las dos cosas que no son la misma
Revocar la opción del artículo 8
Dejás sin efecto la opción que hiciste de repartir tus aportes entre el BPS y la AFAP.
No te vas de la AFAP: cambia cómo se distribuyen los aportes. Después de revocar, aportás a la AFAP sólo por la parte del sueldo que supera el tope A ($ 96.279 según el BPS en agosto de 2026).
Desafiliarte de la AFAP
Es un trámite distinto, con sus propias condiciones, que BPS lista aparte.
Salís del ahorro individual. No es lo mismo que revocar el artículo 8 y no se pide igual.
Lo que sigue en esta página es la revocación del artículo 8, que es lo que casi todos están buscando.
¿Te da para revocar?
Hay dos condiciones que podés chequear vos y otras que sólo puede confirmar BPS.
Cumplís las dos condiciones medibles.
- Que hayas optado por el artículo 8 sin estar obligado a hacerlo.
- Que no te hayas jubilado por el Régimen Mixto.
- Que puedas configurar causal jubilatoria antes de 2043.
- Que te queden instancias de asesoramiento disponibles.
| Tener entre 40 y 49 años | Fuera de esa franja el trámite no está disponible. |
| Estar incorporado al Régimen Mixto | Es el régimen que combina el BPS con el ahorro individual en la AFAP. |
| Haber optado por el artículo 8 sin estar obligado | La revocación es para quien eligió esa distribución de aportes pudiendo no hacerlo. Si en tu caso era obligatoria, no hay nada que revocar. |
| No haberte jubilado por el Régimen Mixto | Una vez obtenida la jubilación, la puerta se cierra. |
| Poder configurar causal jubilatoria antes de 2043 | Es la fecha que fija el régimen de transición. |
| No haber agotado las dos instancias de asesoramiento | El asesoramiento previo tiene un cupo y, si se acabó, el trámite no se habilita. |
El trámite, paso a paso
Pedí la reserva de derecho
Es el paso que te pone en la fila. Quienes la reservaron antes del 1° de diciembre de 2023 quedan habilitados directamente; el resto pasa por una verificación de condiciones.
BPS verifica que cumplas
Chequea edad, régimen, si la opción fue voluntaria y si te queda cupo de asesoramiento.
Recibís el asesoramiento, que es obligatorio
Es virtual, por la app BPS Personas o los servicios en línea, y necesitás usuario personal de BPS. Te estima la jubilación futura en los dos escenarios: revocando y sin revocar.
Tenés 90 días corridos para decidir
El plazo corre desde que descargás el asesoramiento. Si se te pasa, perdés esa instancia.
¿Desde qué sueldo va plata a la AFAP?
Si ya estabas afiliado al BPS antes del 1.º de diciembre de 2023 y no hiciste la opción del artículo 8, el aporte va entero al BPS hasta el tope A y sólo lo que supera ese tope entra a tu AFAP. El tope A es $ 96.279 (BPS, valores de agosto de 2026). Dicho crudo: por debajo de ese sueldo, hoy no te está entrando nada a la cuenta individual. Con la opción del artículo 8 hecha, en cambio, te entra desde el primer peso, mitad y mitad hasta el tope A.
Te rigen los artículos 7 y 8 de la Ley 16.713 y los topes A, B y C. Es el caso de casi todo el que puede revocar, porque el trámite es para gente de 40 a 49 años. Ojo: el corte no es de por vida. El numeral 6 del artículo 22 de la Ley 20.130 dice que si después de esa fecha empezás una actividad amparada por otra caja —Fuerzas Armadas, Policial, Bancaria, Notarial o Profesionales Universitarios— en esa actividad nueva te rige el artículo 22, no los topes A, B y C.
Hoy no te entra nada a la AFAP.
| Aporte total | $ 13.500 |
| Va al BPS (reparto) | $ 13.500 |
| Va a tu AFAP (cuenta individual) | $ 0 |
En tu escenario, el primer peso entra a la AFAP recién con un sueldo de $ 96.279.
| Corte | Monto | A quién le rige |
|---|---|---|
| Tope A (arts. 7 y 8, Ley 16.713) | $ 96.279 | Quien ya estaba afiliado al BPS antes del 1 de diciembre de 2023 |
| Tope B | $ 144.418 | Sólo importa si tenés hecha la opción del artículo 8 |
| Tope C | $ 288.836 | Por encima, el aporte es voluntario |
| Nivel 1 (art. 22, Ley 20.130) | $ 144.418 | Primer ingreso al mercado de trabajo desde el 1 de diciembre de 2023 |
| Nivel 2 (art. 22, Ley 20.130) | $ 288.836 | Hasta acá corre el aporte al ahorro individual; por encima el artículo ya no asigna aporte obligatorio. El BPS publica el corte como «Niveles Art. 22 - B» |
«Las disposiciones de los artículos 7º y 8º de la Ley N° 16.713, de 3 de setiembre de 1995, serán aplicables exclusivamente a los afiliados al Banco de Previsión Social que, antes de la fecha indicada en el numeral 4) del artículo 6° de la presente ley, estuvieren comprendidos en los Títulos I a IV de la misma.»
¿En qué está invertida la plata y por qué no va afuera?
Porque la ley no lo permite más allá de un límite chico y para un tipo muy acotado de activo. El artículo 123 de la Ley 16.713 no dice «invertí bien»: enumera seis categorías y nada fuera de esa lista se puede comprar. La única ventana al exterior para invertir es el literal D, renta fija de organismos internacionales de crédito o de gobiernos extranjeros de muy alta calificación crediticia, con un máximo de 30% en el Subfondo de Crecimiento, 25% en el de Acumulación y 20% en el de Retiro (artículo 123-BIS), y encima de eso un techo de 15% sobre el fondo entero. Las acciones y los fondos que la lista sí habilita son los del literal B, y ese literal pide emisores uruguayos. Que tu plata esté mayormente en papel uruguayo no es una decisión de tu AFAP: es el diseño de la ley.
| Literal | Crecimiento | Acumulación | Retiro |
|---|---|---|---|
A) Valores emitidos por el Estado uruguayo y por el BCU Bonos globales, notas del Tesoro, notas de Tesorería y letras de regulación monetaria. Es la categoría con el techo más alto y la más usada. | máx. 75% usan 58%–62% | máx. 75% usan 50%–55% | máx. 90% usan 66%–72% |
B) Valores de empresas uruguayas y fideicomisos financieros uruguayos Obligaciones negociables, acciones, certificados de participación y títulos de deuda de fideicomisos uruguayos, cuotapartes de fondos de inversión uruguayos. | máx. 50% usan 15%–21% | máx. 50% usan 21%–30% | máx. 15% usan 0%–3% |
C) Depósitos a plazo en instituciones financieras instaladas en el país En moneda nacional o extranjera, pero en bancos instalados acá. Un depósito en un banco del exterior no entra en ninguna categoría. | máx. 30% usan 5%–8% | máx. 30% usan 5%–7% | máx. 30% usan 13%–19% |
D) Renta fija de organismos internacionales de crédito o de gobiernos extranjeros exterior Y sólo «de muy alta calificación crediticia». Es la única puerta al exterior que abre la ley para invertir de verdad, y es renta fija: soberana o multilateral. Además de estos máximos por subfondo, el literal D tiene un tope propio sobre el fondo entero. | máx. 30% usan 12%–15% | máx. 25% usan 15%–18% | máx. 20% usan 8%–13% |
E) Instrumentos de cobertura de riesgos financieros exterior Emitidos por instituciones uruguayas o extranjeras de muy alta calificación internacional. Son coberturas, no inversión: al 31 de marzo de 2026 las cuatro AFAP los tenían en 0%. | máx. 10% usan 0% | máx. 10% usan 0% | máx. 10% usan 0% |
F) Préstamos personales a afiliados y beneficiarios Hasta 2 años de plazo, tasa no inferior al Índice Medio de Salarios de los últimos 12 meses más 5 puntos, y como máximo 6 salarios de actividad o pasividad. | máx. 20% usan 2% | máx. 15% usan 0% | máx. 5% usan 4%–5% |
| Suma de A) a F) colocada en moneda extranjera | máx. 45% usan 14%–18% | máx. 40% usan 18%–23% | máx. 15% usan 9%–11% |
Los máximos los fija la ley, no el regulador: son el cuadro del artículo 123-BIS de la Ley 16.713, agregado por el artículo 119 de la Ley 20.130. El BCU publica el uso efectivo contra ellos, al 31 de marzo de 2026, en el cuadro «Inversiones según literales art. 123». «Usan» es el rango entre las cuatro AFAP.
El literal D tiene un segundo techo, y es el que de verdad ata la exposición al exterior: además del máximo por subfondo, el artículo 123-BIS manda que «las inversiones realizadas en la categoría D) no podrán superar el 15% de los activos del Fondo de Ahorro Previsional». Al 31 de marzo de 2026 el fondo estaba en 14,40%: casi pegado al techo. Esa suma la hacemos nosotros con las líneas del cuadro consolidado del BCU (notas multilaterales en moneda extranjera y en reajustables, más bonos de gobierno extranjero); el BCU no publica ese total junto. Dicho de otro modo: la razón por la que no hay más plata afuera no es que las AFAP no quieran, es que ya casi no les queda margen legal.
| Bonos globales (UI) | Reajustable (UI / UP) | 25,91% |
| Notas del Tesoro (UI y UP) | Reajustable (UI / UP) | 9,76% |
| Notas multilaterales | Moneda extranjera | 9,05% |
| Fideicomisos financieros (UI y UP) | Reajustable (UI / UP) | 8,33% |
| Fideicomisos financieros | Moneda extranjera | 7,78% |
| Bonos globales | Pesos | 7,73% |
| Certificados de depósito (UI) | Reajustable (UI / UP) | 7% |
| Notas de Tesorería | Pesos | 6,58% |
| Letras de regulación monetaria | Pesos | 5,69% |
| Notas multilaterales | Reajustable (UI / UP) | 4,99% |
| Obligaciones negociables reajustables | Reajustable (UI / UP) | 2,4% |
| Préstamos a afiliados | Pesos | 1,35% |
| Bonos globales | Moneda extranjera | 0,94% |
| Notas de crédito hipotecarias | Reajustable (UI / UP) | 0,63% |
| Depósitos bancarios a plazo | Pesos | 0,54% |
| Bonos de gobierno extranjero | Moneda extranjera | 0,36% |
| Certificados de depósito a plazo | Moneda extranjera | 0,25% |
| Fideicomisos financieros | Pesos | 0,2% |
| Acciones | Pesos | 0,12% |
| Obligaciones negociables | Moneda extranjera | 0,05% |
Fondo consolidado de 1.088.587 millones de pesos: 81,94% en moneda nacional, 17,7% en moneda extranjera y 0,37% en disponibilidades. Dejamos afuera la línea de forwards, que el BCU publica en +0,73% y −0,73% y se cancela sola.
¿Sobre qué te cobra la AFAP?
No te cobran un porcentaje de lo que tenés acumulado: te cobran un porcentaje del aporte de cada mes, cuando entra. Por eso el número asusta —entre 12,3% y 17,2% del aporte, según la AFAP, en marzo de 2026— y por eso al mismo tiempo es sólo entre 1,8% y 2,6% del sueldo sobre el que aportás. Y más de la mitad de ese descuento no es la comisión de la AFAP: es la prima del seguro colectivo de invalidez y fallecimiento, que va aparte y no se la queda la AFAP.
«Solo podrá estar sujeta al cobro de comisiones la acreditación de los aportes obligatorios.»
«La comisión por acreditación de los aportes obligatorios solo podrá establecerse como un porcentaje del aporte que le dio origen.»
| AFAP | Comisión | Prima del seguro | Total |
|---|---|---|---|
| República AFAP | 4% del aporte 0,6% del sueldo | 8,267% del aporte 1,24% del sueldo | 12,267% del aporte 1,84% del sueldo |
| AFAP Itaú | 5,76% del aporte 0,864% del sueldo | 9,8% del aporte 1,47% del sueldo | 15,56% del aporte 2,334% del sueldo |
| Integración AFAP | 5,76% del aporte 0,864% del sueldo | 10,267% del aporte 1,54% del sueldo | 16,027% del aporte 2,404% del sueldo |
| AFAP SURA | 5,76% del aporte 0,864% del sueldo | 11,467% del aporte 1,72% del sueldo | 17,227% del aporte 2,584% del sueldo |
BCU, cuadros de comisiones y primas por mes de cargo. El aporte es el 15% del ingreso de aportación, así que las dos columnas son la misma plata mirada de dos maneras. Los mismos valores rigen en los tres subfondos.
Qué es la prima del seguro
Es lo que financia el seguro colectivo de invalidez y fallecimiento. Si te incapacitás totalmente o fallecés en actividad, tu saldo acumulado casi nunca alcanza para pagar la jubilación por incapacidad o la pensión de sobrevivencia mínimas que fija la ley: esa insuficiencia la cubre un seguro que la AFAP contrata con una aseguradora, y la prima se descuenta de tu aporte obligatorio. No es plata que se quede la AFAP y no se acumula en tu cuenta: es la prima de un seguro que sí te cubre. Lo que aportás voluntariamente queda afuera —la ley dice que los recursos de las cuentas de ahorro voluntario y complementarios no están sujetos al pago de esa prima.
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Por qué tres AFAP cobran lo mismo
Hay un tope legal: ninguna AFAP puede cobrar más de un 20% por encima de la comisión promedio del sistema del mes anterior, ponderada por el volumen de activos bajo manejo, ni más que el máximo vigente al 31 de diciembre de 2021, y el regulador publica ese máximo todos los meses (artículo 102 de la Ley 16.713). Y hay un hecho: tres de las cuatro AFAP cobran exactamente la misma comisión, 0,864% del sueldo. Que lo segundo sea consecuencia de lo primero suena razonable, pero no lo afirmamos: el BCU no publica cuál de los dos límites es el que está atando, y con el promedio del sistema que sí publica la cuenta no da justo.
Si empezaste a trabajar hace poco
Si tu primer trabajo fue con el Sistema Previsional Común ya vigente, tu comisión no se cobra sobre el aporte sino sobre el saldo, durante los primeros treinta y seis meses, y es la misma para todos los nuevos aportantes. El BCU aclara en sus cuadros de comisiones que la comisión de ese régimen especial es 0% desde diciembre de 2023. Si no elegís AFAP en los primeros tres meses de aportación, la ley te asigna de oficio a la que menos cobre en ese régimen.
Preguntas frecuentes
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Fuentes
Contrastado el 10 de agosto de 2026. Esta página es informativa: lo que resuelve BPS es lo que vale, y el asesoramiento oficial es obligatorio antes de decidir.
- BPS — Revocación art. 8 Ley 16.713 AFAP
- BPS — Asesoramiento previo a la revocación
- Ley 16.713 art. 8 — la opción que se revoca
- BPS — Cómo se distribuyen mis aportes con y sin artículo 8
- BPS — Valores actuales (topes A, B y C; niveles del art. 22)
- Ley 16.713 art. 123 — las seis categorías de activos (texto vigente)
- Ley 16.713 art. 123-BIS — los máximos por literal y subfondo (texto vigente)
- Ley 16.713 art. 123-TER — condiciones para adquirir esos activos (texto vigente)
- Ley 16.713 art. 102 — las comisiones son el único ingreso de la AFAP
- Ley 16.713 art. 103 — sobre qué se cobra la comisión
- Ley 16.713 art. 57 — seguro colectivo de invalidez y fallecimiento
- Ley 20.130 art. 22 — reparto del Sistema Previsional Común y a quién alcanza
- BCU — Memoria Trimestral AFAP N.º 119 (marzo 2026), PDF
- Presidencia — el Sistema Previsional Común y sus dos etapas
- Ley 20.130 — Sistema Previsional Común