Calculadora de impuestos de importación en Uruguay
Estimá cuánto vas a pagar de impuestos al importar o comprar online del exterior: régimen courier (franquicia anual de USD 800) y régimen general con IVA, arancel y tasa consular.
Courier privado (Tiendamia, Exur, USX, Gripper, Punto Mío, DHL, UPS, FedEx). Desde mayo de 2026 la modalidad no cambia el impuesto: es un solo régimen para el Correo y para los couriers. Qué cambió y qué páginas siguen desactualizadas
Esta mercadería no paga impuestos de importación
La importación de libros y material educativo está exonerada de todo tributo nacional, incluidos los gravámenes aduaneros y las tasas consulares (Título 10 del T.O. 2023, art. 41; Ley 15.913 art. 8).
Tampoco corre el mínimo de US$ 20 de IVA: no se aplica cuando el envío está integrado exclusivamente por bienes cuya importación está exonerada (Título 10, art. 13 lit. B).
Para que te lo apliquen, el envío tiene que venir declarado como tal. Cómo declararlo y qué hacer si igual te lo cobran.
Exentos de IVA y exonerados de todo tributo a la importación. No consumen el cupo de US$ 800.
Tarifa de referencia por courier (Miami → Uruguay) sobre los 1 kg que declaraste arriba. Ajustá el valor por kg al de tu courier; el resultado completa el flete.
El flete es un costo aparte: no paga IVA y se suma al total. Comparar couriers en Uruguay
| Mercadería | US$ 150,00 |
| Importación exonerada de todo tributo (Título 10 art. 41; Ley 15.913 art. 8) | US$ 0,00 |
| Total a pagar (mercadería + impuestos) | US$ 150,00 |
Ojo con estos detalles
- Sobre qué se calcula: el valor es el total de la factura de compra, con todos los conceptos que figuren en ella (Decreto 50/026, art. 5) — no un precio de lista. El sales tax y el envío que te cobra el vendedor, si aparecen en la factura, la suben.
- Cupón sí, gift card no: un cupón rebaja el precio → baja el total facturado → baja la base. Una gift card es un medio de pago (art. 4): pagás con ella pero el precio no cambia, así que se declara el valor completo. Producto de US$ 200 pagado con US$ 100 de gift card = se declara US$ 200.
- El flete del courier va aparte: lo que te cobra el courier por traerlo no está en la factura del vendedor, así que en el régimen courier no integra la base ni paga IVA: solo se suma al total.
- Es todo o nada: un dólar por encima de US$ 200 (EE.UU.) y pagás IVA sobre el total, nunca sobre "el excedente".
- El IVA del envío postal tiene piso: US$ 20 por envío. Si vas con franquicia y el IVA calculado da menos, igual pagás ese mínimo (Título 10 del T.O. 2023, art. 13 lit. B). La excepción está en la misma norma: no corre "cuando el envío esté integrado exclusivamente por bienes cuya importación se encuentra exonerada" — por eso un envío de puros libros paga cero.
- Hay mercadería que no paga nada, entre por donde entre: la importación de libros y material educativo está exonerada de todo tributo nacional, gravámenes aduaneros y tasas consulares (Título 10, art. 41; Ley 15.913 art. 8). Y los libros no consumen el cupo de US$ 800 (Decreto 50/026 art. 4). Qué paga cada tipo de artículo.
- El peso también te saca del régimen: el tope es 20 kg por envío y corre para los dos regímenes. Un paquete de 25 kg no "paga el 60%": necesita régimen general, DUA y despachante, aunque valga US$ 60. Partirlo después de que llegó no es una opción prevista — resolvelo con el vendedor antes del embarque.
- El impuesto no es todo lo que pagás: si lo trae el Correo, sumale su gestión — US$ 1,50 declarando antes del arribo o US$ 5 con el paquete ya retenido, más 5% del impuesto (sin ese 5% si vas por franquicia). Por eso un paquete de US$ 19,15 declarado tarde termina debiendo US$ 26: 20 de prestación única + 5 + 1.
- Un tracking, una declaración: el mínimo de US$ 20 es por envío, no por compra. Si AliExpress parte tu pedido en tres paquetes, son tres declaraciones, tres mínimos y hasta tres usos de franquicia.
- Guardá la factura: el envío debe ir acompañado de la documentación que acredite el valor (art. 5).
Cómo funciona
Compra online (courier): hay dos regímenes y son excluyentes — un envío entra en uno o en el otro, nunca se parte entre los dos (Decreto 50/026, art. 15).
- Franquicia: hasta US$ 800 por año en un máximo de 3 envíos, sin aranceles. Igual paga IVA (tasa básica 22%), salvo una excepción: las compras de EE.UU. de hasta US$ 200 quedan exoneradas de IVA (acuerdo TIFA). Es todo o nada: un dólar por encima de US$ 200 y pagás IVA sobre el total.
- Prestación única: si el envío no entra en la franquicia —porque ya usaste los 3 envíos, o porque lo que te queda de cupo no lo cubre— paga 60% del valor, con un mínimo de US$ 20 por envío. El envío completo, no "el excedente".
¿Cambia algo si llega por el Correo y no por un courier? Desde el 1.º de mayo de 2026, no: el Decreto 50/026 (art. 1) regula por igual los envíos de los "operadores postales, públicos o privados", con un único tope anual y un único contador de franquicia. Los viejos límites por envío —US$ 50 para el correo no exprés (PP, SIMPLE), US$ 200 para el exprés (EMS)— eran los arts. 3 y 4 del Decreto 356/014, derogado. Cuidado, porque la página del Correo para declarar todavía los publica: el detalle está en franquicia y aduana , y las tarifas de cada vía en couriers de Uruguay.
Ojo con el valor que se mira para los topes de US$ 200 y US$ 800: es el total de la factura — precio + sales tax + el envío que te cobre el vendedor (Decreto 50/026, art. 5), y el Correo aclara que el flete y el seguro cuentan si figuran en el comprobante de compra. Y por encima de US$ 800 el envío no entra en ninguno de los dos regímenes: pasa al régimen general y no lo calculamos acá.
El otro tope es el peso: 20 kg por envío, y vale igual para la franquicia y para la prestación única (Decreto 50/026, arts. 1 y 2). Son dos límites independientes: alcanza con pasarse de uno. Un paquete de 25 kg que factura US$ 60 igual sale del régimen postal y necesita DUA y despachante. Por eso la calculadora te pide el peso: si lo superás, deja de estimar el 60% y te avisa.
Desde el 1.º de octubre de 2026 la exoneración de IVA de EE.UU. va a exigir, además, que el vendedor esté registrado ante la Aduana (RG 09/2026). Hoy todavía no se exige: ya se prorrogó dos veces.
En este régimen el IVA y la tasa única se calculan siempre sobre el costo interno del producto (el valor de la factura del vendedor). El flete del courier no paga IVA: es un costo aparte que se muestra explícito y se suma al total. ¿No sabés qué courier conviene? Compará los couriers disponibles en Uruguay.
Régimen general: aplica para importaciones formales. Se parte del valor en aduana, que es CIF —mercadería + flete + seguro— y sobre él se calculan el arancel (TGA) y la tasa consular: 5%, o 3% si la mercadería viene amparada en el ACE N.º 18 del Mercosur (Ley 19.535 art. 265).
El IVA no se aplica sobre todo eso: la base es valor en aduana + arancel, y nada más — la tasa consular y el IMESI quedan afuera. Pero hay un detalle que cambia la cuenta y casi nadie aplica: si importás como particular (no contribuyente de IVA), esa suma se incrementa un 50% antes de aplicar la tasa (Título 10 del T.O. 2023, art. 13 lit. B). En un producto de US$ 1.000 con arancel 0, el IVA no es 220 sino 330.
El IMESI tampoco es un porcentaje del CIF: se liquida sobre valores reales o sobre precios fictos que fija el Poder Ejecutivo (Título 11, art. 15). En cosméticos, vehículos y lubricantes importados por un particular sí se calcula sobre la misma base incrementada (Decreto 96/990, art. 11); en alcohol y tabaco, en cambio, el ficto no se deduce de la factura y esta calculadora no lo estima.
Los aranceles dependen del producto y el origen: muchos bienes del Mercosur pagan 0%, y Uruguay puede aplicar 0% a bienes de informática y telecomunicaciones hasta 2029 (Decreto 167/022). Ajustá los porcentajes según tu caso o consultá a tu despachante — y recordá que en el régimen postal no se necesita despachante (Ley 20.446 art. 627; Decreto 50/026 art. 17).
Tipo de producto: IVA, trámites y prohibidos
Elegí el tipo de producto para ajustar el IVA y ver si necesitás trámites:
- No pagan IVA: libros, diarios y revistas están exentos. Los medicamentos pagan la tasa mínima del 10%.
- Pagan IVA 22%: el resto de los bienes (electrónica, ropa, juguetes, etc.).
- Requieren trámites adicionales: celulares y equipos con radiofrecuencia, drones y GPS necesitan homologación de URSEC (vía VUCE); medicamentos, suplementos, cosméticos y productos médicos pasan por el MSP; semillas, plantas, fertilizantes y alimentos por el MGAP; armas y réplicas por el Servicio de Material y Armamento del Ejército.
- No admitidos o sujetos a otra vía: vaporizadores y cigarrillos electrónicos, pirotecnia, inflamables, dinero en efectivo y sustancias controladas no se admiten por encomienda postal. Las baterías sueltas y power banks tienen restricciones de transporte aéreo que dependen del operador. Bebidas alcohólicas, tabaco, perfumería y vehículos pagan IMESI y no entran en la franquicia ni en la prestación única.
Las listas son orientativas y no taxativas: pueden variar según la cantidad, el uso y la normativa vigente. Confirmá siempre con Aduanas y el organismo correspondiente.
Fuentes y referencias
- Decreto N° 50/026 — Régimen de envíos postales internacionales (art. 5 valor, art. 4 medio de pago)
- Dirección Nacional de Aduanas — Nuevo régimen de franquicias (mayo 2026)
- MEF — Preguntas frecuentes sobre el régimen de envíos postales (franquicias)
- Correo Uruguayo — «Cómo declarar su compra u obsequio» (su paso 3 todavía publica los topes derogados de US$ 50 / US$ 200 por envío)
- Correo Uruguayo — preguntas frecuentes: el flete y el seguro cuentan si figuran en la factura
- Correo Uruguayo — «Gestiones administrativas para envíos del exterior»: US$ 1,50 + 5% antes del arribo, US$ 5 + 5% con el envío retenido, sin el 5% en franquicia
- Ley 20.446 art. 660 — agrega el mínimo de US$ 20 de IVA por envío postal (y su excepción para envíos exclusivamente exonerados)
- Título 10 del T.O. 2023, art. 13 lit. B — base del IVA en la importación: valor en aduana + arancel, +50% para no contribuyentes
- Título 10 del T.O. 2023, art. 38 — exoneraciones (num. 1 lit. H libros; num. 3 lit. B las importaciones de bienes exonerados)
- RG DNA 11/2026 — control operativo del régimen de encomiendas postales (Anexo I num. 27: mínimo de IVA; num. 26: libros y medicamentos fuera del cupo)
- Ley 19.535 art. 265 — tasa consular: 5%, 3% para Mercosur (ACE 18), exoneraciones
- Aduanas — Mercaderías controladas por otros organismos
- Aduanas — ¿Qué mercadería no puedo traer bajo encomiendas postales?
- VUCE / URSEC — Homologación de equipos de radiofrecuencia
- MSP — Medicamentos, suplementos, cosméticos y productos médicos
- MGAP — Plantas, semillas, fertilizantes y alimentos
- Ejército — Servicio de Material y Armamento (armas y réplicas)
- DGI — IVA e impuestos
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