Peajes en Uruguay: cuánto sale cada uno y por qué el mismo paso tiene tres precios
Un auto que cruza un peaje paga $ 167,00 si tiene TAG, $ 196,57 si paga en la barrera y $ 214,00 si el cobro termina yendo al SUCIVE. Es el mismo paso, el mismo auto y el mismo día: lo único que cambia es cómo se paga, y entre la punta barata y la cara hay un 28 %.
Las motos no pagan peaje
El Reglamento exonera a los «vehículos de porte menor» y la enumeración del MTOP incluye expresamente las motos, además de bicicletas, triciclos, cuadriciclos con o sin motor, carros y cabalgaduras (arts. 19 y 20). Es un costo que la moto no tiene y el auto sí, y entra en la cuenta de si conviene auto, moto u ómnibus .
Las tarifas por categoría
El cuadro del MTOP, fila por fila y en el orden de la fuente. Rigen desde la hora cero del 5 de junio de 2026, incluyen IVA y son en cada sentido: una ida y vuelta por un solo peaje son dos pasadas.
| Cat. | Vehículo | Telepeaje | Básica | SUCIVE |
|---|---|---|---|---|
1 | Autos y camionetas (2 ejes y 4 ruedas no duales, con remolque de 1 eje) | $ 167,00 | $ 196,57 | $ 214,00 |
2 | Tractor sin semirremolque y ómnibus hasta 25 pasajeros | $ 167,00 | $ 196,57 | $ 214,00 |
3 | Vehículos o equipos de carga de hasta 3 ejes y 6 ruedas | $ 220,00 | $ 258,50 | $ 282,00 |
4 | Ómnibus de más de 25 pasajeros | $ 220,00 | $ 258,50 | $ 282,00 |
5 | Vehículos o equipos de carga de 3 ejes y más de 6 ruedas | $ 220,00 | $ 258,50 | $ 282,00 |
6 | Vehículos o equipos de 4 o más ejes, no tritrenes | $ 449,00 | $ 527,78 | $ 575,00 |
7 | Vehículos o equipos de carga tritrenes | $ 751,00 | $ 883,22 | $ 963,00 |
El SUCIVE no es una forma de pago que se elija: es la modalidad supletoria, la que se aplica cuando el vehículo pasa sin TAG y sin pagar en la barrera. Por eso es la más cara de las tres. El adeudo tiene un plazo perentorio e improrrogable de 60 días calendario desde el día siguiente a su publicación por el SUCIVE; vencido, corre un recargo mensual.
Cuánto te sale el viaje
Elegí la categoría, cuántos peajes cruza tu ruta y si es ida y vuelta. La cuenta es la tarifa oficial por la cantidad de pasadas, nada más: esta página no sabe qué peajes cruza cada camino y no lo adivina.
El TAG se entrega sin costo en cualquier peaje.
La tarifa básica, sin bonificación por pago anticipado.
Modalidad supletoria: 60 días para pagar y después recargo mensual.
Los 15 puestos que lista el MTOP
Con la ruta, el kilómetro y el concesionario que los opera, tal como los publica el ministerio. No se agrega el departamento porque el listado oficial no lo trae y deducirlo del kilómetro sería inventarlo. Todos atienden las 24 horas, todos los días.
- Cufré — km 107,350 Consorcio Cruz del Sur
- La Barra — km 23,500 Consorcio Cruz del Sur
- Mercedes — km 284,400 Consorcio Cruz del Sur
- Paso del Puerto — km 245,200 Consorcio Cruz del Sur
- Queguay — km 392,750 Consorcio Cruz del Sur
- Centenario — km 246,350 Consorcio Cruz del Sur
- Manuel Díaz — km 423,200 Consorcio Cruz del Sur
- Mendoza — km 67,700 Hernández y González S.A.
- Soca — km 50,500 Camino a las Sierras S.A.
- Cebollatí — km 206,250 CIEMSA
- Capilla de Cella — km 79,500 CIEMSA
- Garzón — km 191 CIEMSA
- Santa Lucía — km 81 CIEMSA
- Pando — km 32,400 CIEMSA
- Solís — km 81 CIEMSA
Quién no paga
Las exoneraciones generales valen en cualquier peaje del país y salen de los arts. 19 y 20 del Reglamento.
- Vehículos de porte menor: bicicletas, motos, triciclos, cuadriciclos con o sin motor, carros y cabalgaduras (arts. 19 y 20)
- Maquinaria agrícola (arts. 19 y 20)
- Maquinaria vial (arts. 19 y 20)
- Vehículos oficiales en propiedad o matriculados por el MTOP, el Ministerio de Salud Pública y el Ministerio del Interior, y los demás organismos que determine el Poder Ejecutivo por excepción (arts. 19 y 20)
- Domicilio dentro de un radio de 500 metros del peaje (exento en ese peaje) (art. 21, modificado por el Decreto 244/023)
Y siete exoneraciones por dónde vivís
Cada una vale en un solo puesto y depende de la residencia permanente. Hay que pedirlas y hay que tener cuenta de Telepeaje: sin saldo o sin medio de pago asociado, el paso se manda a cobrar al SUCIVE al valor de la tarifa en efectivo.
| Peaje | Quién queda exonerado | Art. |
|---|---|---|
| Queguay | Residencia permanente en el departamento de Paysandú | art. 25 |
| Garzón | Residencia permanente en el departamento de Rocha | art. 28 |
| Soca | Residencia permanente en la ciudad de Soca | art. 27 |
| Mendoza | Residencia permanente en el «Paraje Pache», entre el Puente de Paso Pache sobre el río Santa Lucía y el peaje | art. 26 |
| Santa Lucía | Residencia permanente dentro de un radio de 5 km al oeste del peaje, con límite al este en el río Santa Lucía | art. 29 |
| La Barra | Residencia permanente en las poblaciones servidas por la Ruta 1 entre la margen derecha del río Santa Lucía y el km 34,900 | art. 24 |
| Pando | Residencia permanente en el área entre el arroyo Pando, el Río de la Plata, la Av. Julieta – Ruta 87 y la Ruta 34, incluido el barrio Villa Juana | art. 23 |
Las bonificaciones
Todas exigen lo mismo: acogerse al pago anticipado, o sea tener cuenta de Telepeaje. Y no son acumulables — en un mismo puesto cada usuario puede tener sólo uno de los beneficios, aunque sí puede tener otro en los demás puestos.
| Quién | Bonificación | Art. |
|---|---|---|
| Domicilio o uso dentro de los 10 km del peaje (zona de bonificación 1) Montevideo queda exceptuado de las dos zonas de bonificación. | 80 % | art. 36 |
| Domicilio o uso entre los 10 y los 20 km del peaje (zona de bonificación 2) Se amplía a las zonas urbana y suburbana de cinco localidades, una por peaje. | 60 % | art. 37 |
| Transporte colectivo de pasajeros de servicios regulares | 25 % | art. 33 |
| Vehículos de carga de empresas de transporte profesional o propio de carga | 20 % | art. 31 |
| Transporte colectivo de pasajeros de empresas de servicios turísticos | 20 % | art. 32 |
La zona de bonificación 2 se amplía a las zonas urbana y suburbana de cinco localidades: Rosario (peaje Cufré), Fray Bentos (peaje Mercedes), Paysandú y Quebracho (peaje Queguay), Minas de Corrales (peaje Manuel Díaz), Mariscala (peaje Cebollatí).
Evadir sale 15 veces caro
No es lo mismo pasar sin pagar que evadir. Lo primero se cobra después por el SUCIVE; lo segundo habilita al MTOP a aplicar una multa equivalente a 15 veces «el valor de la tarifa correspondiente», y a 30 veces si se reitera, sin perjuicio del cobro de los daños y perjuicios. Sobre la tarifa básica de un auto eso da $ 2.948,55; qué tarifa toma el ministerio en cada caso no lo precisa la norma, así que la cuenta va con su base a la vista y no como importe cerrado. Los casos que la habilitan son cuatro:
- Matrícula o dispositivos electrónicos de identificación adulterados
- Matrícula delantera y trasera que no coinciden
- Información de la matrícula asociada al dispositivo de Telepeaje desactualizada
- Sin matrícula delantera o trasera
Estas tarifas cambian el 1° de diciembre de 2026
No es una estimación nuestra: la propia página de tarifas del MTOP establece que los valores «se actualizarán semestralmente a la hora cero del 1° de junio y el 1° de diciembre de cada año». Los importes de acá rigen desde el 5 de junio de 2026 y se verificaron contra la fuente el 29 de setiembre de 2026. Lo que no cambia con el ajuste son los porcentajes de bonificación, las exoneraciones y el multiplicador de la multa, que están en el Reglamento y no en el cuadro.
Preguntas frecuentes
Fuentes
- MTOP — Tarifas de peajes vigentes (actualizada el 5/6/2026)
- MTOP — Ajuste de tarifas desde la hora cero del 5 de junio de 2026
- MTOP — Información sobre puestos de peaje (operadores, ubicación y contacto)
- MTOP — Bonificaciones en las tarifas de peaje
- MTOP — Exoneraciones (quiénes no pagan)
- MTOP — Peajes (el TAG se entrega sin costo en todos los peajes del país)
- IMPO — Decreto 119/023: Reglamento para el Cobro de las Tarifas de Peaje en Rutas Nacionales
- IMPO — Decreto 244/023: modifica los arts. 7, 20, 21, 39 y el literal B del 44